“Condona la deuda de pesos trescientos ochenta ($ 380) que en concepto de impuesto inmobiliario recae en el inmueble 8-38-1-2-0-10-8 (U 0986) propiedad del Sr Adán José Pezo Reyes”
VISTO:
La Ley XVI Nº 46, las Ordenanzas Nº 1.087/12 y N° 1.182/13, la solicitud de condonación presentada por el Sr Adán José Pezo Reyes, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI Nº 46 faculta al Honorable Concejo Deliberante para realizar exenciones de impuestos.
Que, la Ordenanza Nº 1.087/12 aprueba el Código Tributario Municipal
Que, la Ordenanza N° 1182/13, establece en el artículo 16°: Según art. 109 inc. G del anexo I del código tributario municipal se fija el valor fiscal de la propiedad en doscientos mil pesos ($200.000) y un ingreso mensual de seis mil quinientos ($6.500) como requisitos para la tramitación de la exención del impuesto inmobiliario urbano.
Que, la documentación que obra en el Honorable Concejo Deliberante avala la exención solicitada.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Condónese la deudade pesos trescientos ochenta ($ 380) queenconcepto de impuesto inmobiliario recae en el inmueble cuya nomenclatura catastral es 8-38-1-2-0-10-8 (U 0986), y cuya valuación fiscal es de $ 28.047,76 propiedad del Sr Adán José Pezo Reyes DNI: 92.516.680
Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.