“Modifica el Art. 4° de la Ordenanza N° 855/09”
VISTO:
La Ley XVI N° 46 y la Ordenanza N° 855/09, Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46 faculta al Honorable Concejo Deliberante a regular y establecer la circulación del tránsito y estacionamiento en calles y caminos de jurisdicción municipal.
Que, la Ordenanza N° 855/09 regula las condiciones de circulación del tránsito pesado.
Que, el art. 4 de laOrdenanza N° 855/09 establece el horario de carga y descarga de mercaderías y combustibles sobre Av. San Martín.
Que, algunos comerciantes mayoristas y minoristas de la localidad han solicitado se revea el horario establecido en dicha Ordenanza por cuanto manifiestan que perjudica a su accionar comercial.
Que, esteHonorable Concejo Deliberante ha analizado la situación.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de facultades que le confiere la Ley XVI N° 46;
RESUELVE
Artículo 1º: Modifícase el art. 4° de la Ordenanza N° 855/09, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Prohíbase para los vehículos cuyo peso sea superior a seis mil (6.000) Kg la carga y descarga de mercaderías y combustibles en los horarios de: 9:30 hs a 13:30 hs, y de 16:30 hs a 20:30 hs, en el tramo comprendido por Av. Patagonia, Rotonda 28 de Julio y Av. San Martín hasta su intersección con Calle Roggero.”
ARTICULO 2º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento
ARTICULO 3º Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.