ORDENANZA Nº  1.200/14

“Otorga un incremento salarial al personal de Planta Permanente, Temporaria y Planta de Tratamiento de Residuos (GIRSU)”

VISTO:

                 Las Ordenanzas Nº 1043/12, N° 1.171/13 el acuerdo realizado entre el Sindicato de Obreros y Trabajadores Municipales de Trevelin (SOEMT), el Sindicato Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y el Departamento Ejecutivo Municipal, Y

CONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza Nº 1043/12 otorga un adicional no remunerativo en pesos quinientos cincuenta ($550,00) a partir del 1° de abril de 2.012 en los haberes del personal de Planta Permanente, Temporario y Planta de Tratamiento de Residuos (GIRSU).

Que, la Ordenanza N° 1.171/13 incorpora al salario básico del personal de Planta Permanente, Temporaria y Planta de Tratamiento de Residuos (GIRSU) un veinticinco por ciento (25%) de la suma fija no remunerativa establecida en el artículo 1º de la Ordenanza Nº 1042/12 a partir del mes de noviembre y  otro veinticinco por ciento (25%) en enero de 2014.

Que, el día 25 de marzo del corriente año se reúnen representantes del Sindicato de Obreros y Trabajadores Municipales de Trevelin (SOEMT), del Sindicato Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) con representantes del Departamento Ejecutivo Municipal.

Que, se acordó un incremento salarial en tres (3) cuotas.

Que, en dicha reunión se acordó también la incorporación de la suma fija restante al sueldo básico.

POR ELLO:

                          El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Otorgar un incremento salarial al personal de Planta Permanente, Temporaria y Planta de Tratamiento de Residuos (GIRSU) de trece por ciento (13%) en el mes de marzo, tres por ciento (3%) en el mes de abril y tres por ciento (3%) en el mes de mayo.

Artículo 2º: Incorpórase al salario básico del personal de Planta Permanente, Temporaria y Planta de Tratamiento de Residuos (GIRSU) cien pesos ($100) de la suma fija no remunerativa establecida en el artículo 1º de la Ordenanza Nº 1042/12 en el mes de marzo y  otros cien pesos ($100) en el mes de abril y los restantes setenta y cinco pesos ($75) en mayo de 2014.

Artículo 3º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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