ORDENANZA Nº  1.199/14

“Exceptúa de las medidas mínimas de lado y superficie para el fraccionamiento de la P.12, E.38, C.1, S.1, Mza.69 – Sr. Ernesto Forti”.

VISTO:

                 Las Ordenanzas N° 853/09y N° 1.100/12, y la solicitud de la Sra. Marlin Medina – Sr. Ernesto Forti, Y

CONSIDERANDO:

Que, Ordenanza N° 853/09, aprueba en el año 2009, el Anexo A  del Plan de Desarrollo Territorial, en el que se establecen los parámetros de urbanización y normativa reglamentaria, y establece en el Capítulo VII. Sec.1. Subsec. 3. VII.3 las condiciones particulares para la Zona Residencial y Servicios.

Que, la Ordenanza 1.100/12 modifica el Factor de Densidad Habitacional en la Zona Residencial y Servicios.

Que, la Ordenanza 853/09 (Plan de Desarrollo Territorial) establece para la zona parcelas con un lado mínimo de 12, 5  mts. y  una superficie de 312 m2

Que, Sra. Marlin Medina – Sr. Ernesto Forti son propietarios de la parcela: 12, Manzana: 69, Sector: 1, Circunscripción: 1, Ejido: 38.

Que, en la parcela se construyeron tres (3) construcciones para uso familiar sin tener en cuenta un futuro fraccionamiento.

Que, mediante nota los propietarios solicitan la excepción para fraccionar la parcela individualizando las tres (3) viviendas existentes.

Que, este Concejo Deliberante por lo expuesto ha analizado la situación.

POR ELLO:

                          El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Exceptúase de las medidas mínimas de lado y superficie para el fraccionamiento de la parcela identificada catastralmente como: Ejido: 38. Circunscripción: 1, Sector: 1, Manzana: 69, Parcela: 12 de acuerdo al anteproyecto de fraccionamiento que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo 2º: Establécese que los propietarios deberán regularizar la documentación correspondiente, con la mensura definitiva, ante la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento Municipal.

Artículo 3º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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