ORDENANZA Nº  1.175 /13

“Aprueba en todos los términos el Convenio entre la A.V.P.  y la Municipalidad de Trevelin, de ejecución del hormigonado de la calzada correspondiente a la intersección de la Avenida San Martín con la Calle Holdich”.

VISTO:

                 El Convenio entre la Administración de Vialidad Provincial y la Municipalidad de Trevelin, de ejecución del hormigonado de la calzada correspondiente a la intersección de la Avenida San Martín con la Calle Holdich, Y

CONSIDERANDO:

Que, a través de dicho convenio la  Municipalidad de Trevelin contratará, certificará e inspeccionará los trabajos necesarios para la ejecución del hormigonado de la calzada correspondiente a la intersección de la Avenida San Martín con la Calle Holdich con una superficie de setecientos cincuenta y ocho metros cuadrados (758 m2 )

Que, la Administración de Vialidad Provincial financiará la suma de doscientos setenta y seis mil pesos ($276.000,00)para la realización de dicha obra.

Que, el Honorable Concejo Deliberante analiza dicho Convenio.

POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Apruébase en todos los términos el Convenio entre la Administración de Vialidad Provincial y la Municipalidad de Trevelin, de ejecución del hormigonado de la calzada correspondiente a la intersección de la Avenida San Martín con la Calle Holdich, que como Anexo I forma parte de la presente.

Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido, Archívese.

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