“Exime del pago del impuesto inmobiliario del inmueble registrado catastralmente como: 8-38- 1-1-0-12-5 (U 1234) propiedad del Sr. José Alberto Grandis”.
VISTO:
La Ley XVI Nº 46, la Ordenanza Nº 1087/12, la solicitud de Sr. José Grandis y la Sra. Liliana de Celis, Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI Nº 46 faculta al Honorable Concejo Deliberante para realizar exenciones de impositivas.
Que, la Ordenanza Nº 1087/12 establece en el Título VII- Capítulo I – Artículo 66º la prescripción de las deudas impositivas
Que, el Sr. José Alberto Grandis DNI 13.726245 solicita la exención del impuesto inmobiliario de la vivienda donde reside por discapacidad.
Que, la documentación que obra en el Concejo Deliberante avala la exención solicitada.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímese del pago del impuesto inmobiliario del inmueble registrado catastralmente como: 8-38- 1-1-0-12-5 (U 1234) propiedad del Sr. José Alberto Grandis DNI 13.726245 hasta el 31 de diciembre de 2013.
Artículo 2º: Condónase la deuda del impuesto inmobiliario del inmueble establecido en el artículo 1º.
Artículo 3º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.