“Exceptúa de las medidas mínimas de lado y superficie identificadas provisoriamente como A y B de la P.8, Mza.13 (ex Lote: 8, Mzo.68) S.3, C.5, E.38 – Sr. Emir Jones”
VISTO:
La Ordenanza Nº 05/95, Resolución Nº 42/13 la solicitud de excepción al fraccionamiento de parcelas propiedad del Sr. Emir Jones, Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Nº 05/95 ordena y regula la situación de tierras en Aldea Escolar, estableciendo en el artículo 12º que las medidas mínimas de los lotes serán de 25 x 50 metros o lo que resulte las Manzanas regulares divididas en octavos.
Que, el Sr. Emir Jones solicita nuevamente la excepción que le fue denegada por Resolución Nº 42/12, por haber sido vendida la parcela el año 2006, al Sr. Arturo Herrera quien necesita regularizar su titulo de propiedad.
Que, en la mensura de deslinde y fraccionamiento de la Parcela: 8, Manzana: 13 (ex Lote: 8, Macizo: 68) Sector: 3, Circunscripción: 5, Ejido: 38, surgen dos (2) parcelas identificadas provisoriamente como A y B con medidas menores a las establecidas por Ordenanza.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exceptúese de las medidas mínimas de lado y superficie identificadas provisoriamente como A y B de la Parcela: 8, Manzana: 13 (ex Lote: 8, Macizo: 68) Sector: 3, Circunscripción: 5, Ejido: 38, según anteproyecto de mensura de deslinde y fraccionamiento que como Anexo I forma parte de la presente
Artículo 2º: El propietario deberá regularizar los planos ante la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento.
Artículo 3º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.