ORDENANZA Nº  1.154 /13

“Exceptúa de las medidas mínimas de lado y superficie a la Parcela “B”, fracción de la P.17, Ch.12, S.5, C.2, E.38.- Sr. David Jones«

VISTO:

                La Ordenanza Nº 853/09 (Plan de Desarrollo Territorial) la solicitud de excepción del Sr. David Jones, Y

CONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza Nº 853/09 aprueba el Anexo A – Plan de Desarrollo Territorial y establece en el Capitulo VII-Subsección 4, que la superficie mínima de parcela es de 10000 m2.

Que, la Parcela: 17, Chacra: 12, Sector: 5, Circunscripción: 2, Ejido: 38 se encuentra dividida en dos (2) parcelas desde el año 1997.

Que, del anteproyecto de fraccionamiento surge una (1) parcela con una superficie de 0 Ha, 50 a, que el Sr. David Jones vendió según Boleto de Compra Venta en el año 1997.

Que, es necesario regularizar la situación planteada, anterior a la sanción de la Ordenanza Nº 853/09,  para poder dar continuidad a los trámites de títulos de dicha parcela.

POR ELLO:

                          El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exceptúase de las medidas mínimas de lado y superficie a la parcela denominada provisoriamente como “B”, fracción de la Parcela: 17, Chacra: 12, Sector: 5, Circunscripción: 2, Ejido: 38,  según croquis que como Anexo I forma parte de la presente.

Artículo 2º: El propietario deberá regularizar los planos ante la Secretaría de Obras  Públicas  y Planeamiento.

Artículo 3º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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