“Abroga las Ordenanzas Nº 319/02 y Nº 365/03”
VISTO:
Las Ordenanzas Nº 08/94, Nº 319/02, Nº 365/03, Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Nº 08/94 se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la venta directa de los lotes d, e, f y g del Macizo I del lote 14 de la Legua 14 a la Empresa ALITREV S.A.
Que, la misma Ordenanza impone como condición, la concreción del Proyecto Productivo que generó la venta en un lapso de 5 años, caso contrario la propiedad de la tierra retorna a la Corporación Municipal.
Que, la Ordenanza Nº 319/02 deroga la Ordenanza Nº 08/94 a la vez que determina que la propiedad de los lotes mencionados retorna a la Municipalidad de Trevelin.
Que, queda planteado un contrasentido dado que a través de la Ordenanza Nº 319/02 la Municipalidad de Trevelin recupera la propiedad de la tierra a la vez que deroga la norma que impone la recuperación.
Que, la Ordenanza Nº 365/03 incorpora al Parque Industrial Trevelin cuatro (4) lotes consignados en el articulado con nomenclatura catastral errónea, por lo que es necesario abrogar la misma.
Que, es necesario un ordenamiento normativo a los efectos de iniciar los trámites administrativos que permitan regularizar la situación dominial de los lotes d, e, f y g Macizo I, Lote14, Legua 14.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Abróguense las Ordenanzas Nº 319/02 y Nº 365/03.
Artículo 2°: Facúltese al DepartamentoEjecutivo Municipal a realizar las gestiones administrativas que correspondan tendientes a la recuperación de la propiedad de los lotes d, e, f y g Macizo I, Lote14, Legua 14 (actualmente Circunscripción: 1, Sector:4, Macizo: 5, Parcelas: 5, 6, 7 y 8) en los términos de la Ordenanza Nº 08/94.
Artículo 3º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipalpara su implementación.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese