ORDENANZA Nº  1.136 /13

“Anula la adjudicación en venta de lotes en Los Cipreses”

VISTO:

             La Ley XVI Nº 46, las Ordenanzas Nº 962/12, Nº 963/11, Nº 1.031/12, Y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley XVI Nº 46 en su artículo 33º inciso 30 establece que es el Honorable Concejo Deliberante quien debe reglamentar y administrar el  Régimen de Tierra Fiscal.

Que, la misma Ley en su artículo 53º instituye que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Corporación Municipal.

Que, la Ordenanza Nº 962/11 adjudica en venta a pobladores del Paraje Los Cipreses los lotes de las Manzanas 3 y 4, Parcelas 108 y 109. (Expte P459-03)

Que, la Ordenanza Nº 963/11 establece la conformación de la Comisión Evaluadora, requisitos y condiciones para la adjudicación de los lotes, como así también los plazos de pago  y tiempos de construcción de la vivienda.

Que, la Ordenanza Nº 1031/12 establece la Comisión Evaluadora para la adjudicación de otros seis (6) lotes en el Paraje Los Cipreses.

Que, la Comisión Evaluadora ha analizado la situación de todos los adjudicatarios de acuerdo a los términos de la Ordenanzas Nº 962/11 y Nº 963/11.

POR ELLO:

                          El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Anúlese la adjudicación en venta de los beneficiarios que forman parte del ANEXO I de la Ordenanza Nº 962/11 en los términos del artículo 10º de la mencionada Ordenanza, de acuerdo al siguiente detalle:

8 RAFAEL JARAMILLO DNI 29.772.255 LOTE 5, MANZANA: 4  
12 ORIAS CARLOS ANDRÉS DNI 7.326.667 LOTE 9, MANZANA: 3

Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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