ORDENANZA Nº  1.125 /13

“Exceptúa por única vez del retiro lateral a P.8, E.38, C.1, S.1, Mza.95, a la propiedad de la Sra. Anabella Lomaglio- Sr. Alejandro Braig”

VISTO:

     La Ordenanza Nº 853/09 (Plan de Desarrollo Territorial), la solicitud de excepción del MMO. Ximena Pascual, Y

CONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza Nº 853/09 (Plan de Desarrollo Territorial), en el Capítulo VII Sec.1  Subsec. 5  establece los parámetros urbanísticos para Zona Parque y formula para la posición de la edificación en la parcela un retiro lateral de 3mts en ambos laterales.

Que, el inmueble denominado catastralmente: Ejido: 38, Circunscripción: 1, Sección: 1, Manzana: 95, Parcela: 8, con certificado de deslinde y amojonamiento Registro Nº 37-13 de la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento es propiedad de la Sra. Anabella Lomaglio- Sr. Alejandro Braig.

Que, se requiere realizar una ampliación de la vivienda según proyecto de Ampliación y Subsistencia de Vivienda Unifamiliar que como Anexo I forma parte de la presente.                                        .

Que, en el proyecto de ampliación se realizará siguiendo la línea lateral de la construcción preexistente por dicho motivo no se puede respetar uno de los 3mts requeridos de retiro lateral.

POR ELLO:

                          El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo  1°: Exceptúese por única vez del retiro lateral al inmueble denominado catastralmente Ejido: 38, Circunscripción: 1, Sector: 1, Manzana: 95, Parcela: 8, con certificado de deslinde y amojonamiento Registro Nº 37-13 de la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento, propiedad de la Sra. Anabella Lomaglio- Sr. Alejandro Braig de acuerdo al plano Ampliación y Subsistencia de Vivienda Unifamiliar que como Anexo I forma parte de la presente.

Artículo 2º: Los propietarios deberán regularizar los planos ante la Secretaría de Obras  Públicas  y Planeamiento.

Artículo 3º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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