“Acepta la transferencia a favor de la Municipalidad de Trevelin, de los inmuebles Mzas. 27, 28,29, 30, 31 y 32, S.3, C.1, E.38”
VISTO:
La Ley XVI Nº 46, la Ley XXV Nº 5 (ex Ley Nº 1134), la Resolución Nº 072/11 IPV y DU, Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI Nº 46 faculta al Honorable Concejo Deliberante a aceptar las transferencias de bienes inmuebles a favor de la Corporación Municipal.
Que, la Ley XXV Nº 5 (ex Ley 1134) faculta al Instituto Provincial de la Vivienda a transferir a título gratuito los inmuebles no afectados a la construcción de viviendas.
Que, la Resolución Nº 072/11 IPV y DU transfiere a la Municipalidad de Trevelin los inmuebles propiedad del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano individualizados como Manzanas 27, 28,29, 30, 31 y 32, Sector: 3, Circunscripción: 1, Ejido: 38; del ejido municipal de Trevelin, Departamento Futaleufú, Provincia del Chubut.
Que, la Municipalidad de Trevelin ha solicitado la transferencia de las manzanas para destinarlas a obras de interés general.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Acéptase la transferencia a favor de la Municipalidad de Trevelin, de los inmuebles identificados catastralmente como Manzanas 27, 28,29, 30, 31 y 32, Sector: 3, Circunscripción: 1, Ejido: 38; del ejido municipal de Trevelin, Departamento Futaleufú, Provincia del Chubut.
Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar la obtención de los títulos a través de la Escribanía General de Gobierno.
Artículo 3º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.