“Prorroga por el termino de 60 días, de sanciona la presente, lo establecido el artículo 45° de la Ordenanza N° 1.043/12”.
VISTO:
La Ordenanza N° 1043/12, Y
CONSIDERANDO:
Que, al día de la fecha no se cumplieron los términos de difusión de la misma.
Que, es necesario prorrogar el plazo establecido para la divulgación.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Prorróguese por el termino de 60 días, de sanciona la presente, lo establecido el artículo 45° de la Ordenanza N° 1.043/12.
Artículo 2º: Elévese al DEM para su implementación.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.