Aprueba en todos los términos el Convenio entre la A.V.P. y el D.E.M. de Trevelin, para el adoquinado de las calles: Libertad entre San Martín y Sarmiento, Sarmiento entre Libertad y Perito Moreno, John Evans entre Sarmiento y 13 de Diciembre y 13 de Diciembre entre John Evans y Perito Moreno
VISTO:
El Convenio entre la Administración de Vialidad Provincial y la Municipalidad de Trevelin, para el adoquinado de calles, Y
CONSIDERANDO:
Que, a través de dicho convenio la Municipalidad de Trevelin, pavimentará con adoquines provistos por la planta de la Administración Provincial de Vialidad, las calles: Libertad entre San Martín y Sarmiento, Sarmiento entre Libertad y Perito Moreno, John Evans entre Sarmiento y 13 de Diciembre y 13 de Diciembre entre John Evans y Perito Moreno.
Que, la Administración de Vialidad Provincial le financiará a la Municipalidad de Trevelin hasta un monto de pesos quinientos diecisiete mil ciento cuarenta y dos con ochenta centavos ($517.142, 80)
Que, la Administración de Vialidad Provincial y la Municipalidad de Trevelin, han firmado el 22 de agosto del corriente año el Acta de Inicio de Obra.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Apruébase en todos los términos el Convenio entre la Administración de Vialidad Provincial y la Municipalidad de Trevelin, para el adoquinado de las calles: Libertad entre San Martín y Sarmiento, Sarmiento entre Libertad y Perito Moreno, John Evans entre Sarmiento y 13 de Diciembre y 13 de Diciembre entre John Evans y Perito Moreno, que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para implementación.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.