Prorroga por única vez y hasta el 31 de diciembre del año 2.012 la aplicación del Capítulo VIII de la Ordenanza Nº 985/11 (instalación de reloj taxímetro en taxis, radiotaxis y remises)
VISTO:
La Ordenanza Nº 985/11, la solicitud del Departamento Ejecutivo Municipal, Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Nº 985/11 establece los mecanismos de funcionamiento y regulación de taxis, radiotaxis y remises
Que, hasta el día de la fecha, taxistas y remiseros de la localidad no han podido dar cumplimiento al Capitulo VIII, de la Ordenanza Nº 985/11 que establece la instalación del reloj taxímetro.
Que, es necesario prorrogar el plazo de instalación del reloj taxímetro.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Prorróguese por única vez y hasta el 31 de diciembre del corriente año la aplicación del Capítulo VIII de la Ordenanza Nº 985/11 para la instalación de reloj taxímetro en taxis, radiotaxis y remises
Articulo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese.