Exime del pago del impuesto automotor al vehículo Peugeot Partner, dominio FBB 911, propiedad del Sr. Lautaro Prieto.
VISTO:
La Ley XVI Nº 46, la Ordenanza Nº 10 bis/88, y la solicitud de exención presentada por el Sr. Lautaro Prieto
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI Nº 46 faculta al Concejo Deliberante para realizar exenciones de impuestos.
Que, la Ordenanza Nº 10 bis/88 establece el régimen de exenciones impositivas.
Que, la documentación del Sr. Lautaro Prieto que obra en el Concejo Deliberante avala la solicitud.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Exímase del pago del impuesto automotor al vehículo Peugeot Partner, dominio FBB 911, propiedad del Sr. Lautaro Prieto DNI 32.506.928.
Articulo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese.