“Otorga un adicional no remunerativo en $550 a partir del 1° de abril de 2.012 en los haberes del personal de Planta Permanente, Temporario y Planta de Tratamiento de Residuos (GIRSU)”.
VISTO:
Los haberes del personal municipal, y el acuerdo realizado entre el Sindicato de Obreros y Trabajadores Municipales de Trevelin (SOEMT) y el Departamento Ejecutivo Municipal, Y
CONSIDERANDO:
Que, el día 3 de mayo de 2.012 se reúne la comisión del Sindicato de Obreros y Trabajadores Municipales de Trevelin (SOEMT) con el Intendente Municipal.
Que, se establece el acuerdo para el Personal de Planta Permanente, Temporaria y Planta de Tratamiento de Residuos (GIRSU).
Que, se acuerda una suma fija como adicional de productividad.
Que, es necesario fijar un adicional no remunerativo al Ingeniero Civil que se desempeña como capataz de obra.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Otórguese un adicional no remunerativo en pesos quinientos cincuenta ($550,00) a partir del 1° de abril de 2.012 en los haberes del personal de Planta Permanente, Temporario y Planta de Tratamiento de Residuos (GIRSU).
Artículo 2º: Redúzcase el monto del adicional expresado en el Artículo 1º en un 50 % al agente municipal que posea faltas injustificadas.
Articulo 3º: Otórguese un adicional no remunerativo de pesos un mil seiscientos veinte ($1.620,00) al Ingeniero Civil que reviste en la Municipalidad de Trevelin como capataz de obra.
Artículo 4º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y efectos.
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese.