ORDENANZA Nº 1.025 /12

“Otorga exención impositiva en un 100% para el periodo fiscal 2.012 a P.10, E.38, C.1, S.1, Mza. 76 – Sr. Ismael Rios”

VISTO:

La Ley XVI Nº 46, la Ordenanza Nº 10 bis/88 y la solicitud de exención presentada por el Sr. Ismael Ríos, Y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley XVI Nº 46 faculta al Honorable Concejo Deliberante para realizar exenciones de impuestos.

Que, la Ordenanza Nº 10 bis/88 establece el régimen de exenciones impositivas.

Que, el señor Ríos es un adulto mayor de 80 años y desconocía el trámite de renovación anual de la exención.

Que, la documentación que obra en el Concejo Deliberante avala la exención solicitada.

POR ELLO:

                     El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus  facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Otórguese la  exención impositiva en un cien por ciento (100%) para el periodo fiscal 2.012 al inmueble con denominación catastral: Ejido 38, Circunscripción: 1, Sector: 1, Manzana: 76, Parcela: 10

Artículo 2º: La exención Impositiva tendrá vigencia hasta el 31 de Diciembre 2012.

Artículo 3º: Condónese la deuda del inmueble citado en el artículo 1º, adquirida en los años 2009, 2010 y 2011.

Artículo 4º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 5º: Regístrese, Publíquese, Comuníquese  y cumplido Archívese.

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