“Crea en el seno del H.C.D. de la Municipalidad de Trevelin, la Banca del Vecino”
VISTO:
La necesidad de facilitar canales institucionales de participación ciudadana, Y
CONSIDERANDO:
Que, es deber del Estado, en todos sus niveles, fomentar e instrumentar la expresión de la voluntad de los ciudadanos.
Que, ese mismo Estado debe reconocer y ponderar la iniciativa de los vecinos de autoorganizarse y presentar proyectos que excedan los casos individuales y propendan al bien común y el interés general de la comunidad.
Que, una instancia de este equipo conjuga de modo armónico los preceptos constitucionales de que el pueblo no gobierna ni delibera sino a través de sus representantes y su correspondiente derecho ciudadano de peticionar ante las autoridades, consagrados en los artículos 14º y 22º de la Constitución Nacional, y en consonancia con los nuevos derechos y garantías incorporados en la reforma de 1994.
Que, la Constitución Nacional en su artículo 39º y la Constitución de la Provincia del Chubut en su artículo 263º, reconocen a la ciudadanía el Derecho de Iniciativa que implica una instancia participativa de mayor alcance y complejidad aún que la propuesta en esta Ordenanza.
Que, los artículos 139º, 140º y 141º de la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales contemplan el derecho de iniciativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente;
ORDENANZA
Artículo 1º: Créase en el seno del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, la Banca del Vecino, espacio donde se podrán manifestar los ciudadanos, o grupos de ciudadanos en referencia a temas que versen sobre cuestiones de interés general, que tengan por finalidad el bien común de la ciudad, quedando excluidas de este procedimiento las peticiones de carácter personal.
Del uso de la Banca del Vecino
Artículo 2º: El ciudadano que haga uso de la banca del vecino tendrá un tiempo máximo de exposición de 10 minutos.
Artículo 3º: Los proyectos presentados por un grupo de ciudadanos deberán ser expuestos por un representante designado a tal fin.
Artículo 4º: El uso de la Banca del Vecino quedará establecido para el período de Sesiones Ordinarias
Artículo 5º: El ciudadano deberá respetar el tema propuesto al momento de solicitud de la Banca.
Artículo 6º: El ciudadano deberá expresarse en su disertación en forma respetuosa con un vocabulario adecuado respondiendo a la formalidad que requiere su participación en la sesión.
De la petición de la Banca
Artículo 7º: Todo ciudadano u grupo de ciudadanos que solicite el uso de la Banca del Vecino deberá presentar la solicitud que como Anexo I forma parte de esta Ordenanza.
Artículo 8º: Una vez que tome estado parlamentario la solicitud de uso de la banca será tratada en Comisión Permanente, momento en el cual el Concejo definirá la pertinencia del uso notificando al peticionante por escrito la resolución acordada.
Del tratamiento de los Proyectos
Artículo 9º: En caso de que el Honorable Concejo Deliberante considere necesario, el autor o expositor del proyecto podrá ser convocado a ampliar conceptos del mismo.
Artículo 10º: La consideraciones vertidas por el ciudadano y/o expositor durante a las reuniones de Comisión Permanente en las que el asunto tenga tratamiento no tendrán carácter vinculante, solo informativo.
Artículo 11º: Los proyectos de Ordenanza, Declaración o Comunicación, presentados cumplirán los pasos parlamentarios correspondientes, pudiéndose ser aprobados o no.
Consideraciones Generales
Artículo 12º: El Concejo habilitará un libro de registro, debidamente foliado y rubricado en el cual constarán los datos de los solicitantes a ocupar la Banca del Vecino: número de orden, fecha de presentación, tema a desarrollar, día y hora de la sesión, número de acta correspondiente, en la que se hizo uso de la palabra.
Artículo 13º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento.
Artículo 14º: Regístrese, Comuníquese y Cumplido, Archívese.
ANEXO I
ANEXO I
Planilla de Inscripción
Banca del Vecino
Fecha:…………………… Solicitud Nº………….….………
Apellido y Nombre:…………………………………….………………………………….
DNI:……………………………………………
Domicilio:…………………………………………………………………
Barrio:……………………………………….
Teléfono: ………………………………………………..
Representa alguna institución Si No
Nombre de la Institución:………………………………………………………………
(Deberá adjuntar número de Personería Jurídica, domicilio legal, autorización de representación por acta.)
Tema a exponer:………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
Fundamentación o descripción:…………………………………………………………………………………………………………………………..
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
(Tiempo máximo de exposición 10 minutos)
Manifiesto expresamente conocer y aceptar las disposiciones de la Ordenanza Nº 1023/12 de creación de la Banca del Vecino, reglamentación del funcionamiento de la misma, comprometiéndome a respetar y cumplir la norma mencionada.
Firma…………………………….……………
Aclaración…………………………………….
(La presente planilla debe ser presentada por el solicitante en la mesa de entrada de Honorable Concejo Deliberante, ubicado en calle Río Corintos 520, en el horario de 8:30 a 12:30 hs.)