Dar de baja los beneficios de Exención Impositivas otorgados por Ordenanza Municipal N° 1.680/19 y N° 2.117/23 por Fallecimiento
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; las Ordenanzas Municipales N° 1.436/16, N° 1.680/19, 2.117/23 y N° 2.530/25, “Marco Regulatorio para el Otorgamiento de Exenciones Impositivas sobre Automotor e Inmueble para personas con Discapacidad, Septuagenarias y Trasplantadas”; el Expediente H-61/22-D; la Nota N° 589/26 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; y el Despacho de Comisión de Desarrollo Social N° 322/26; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, el Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ordenanza Municipal N° 1.436/16 establece el Código Tributario Municipal.
Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 1.680/19, se le Otorgó el Beneficio de Exención Impositiva por Discapacidad al inmueble identificado catastralmente como: 1-2-0-44-19, a nombre del SR. TORRES, ALBERTO, D.N.I N° 8.396.843.
Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 2.117/23, se le Otorgó el Beneficio de Exención Impositiva por Discapacidad al automotor identificado como: FIAT TORO FREEDOM 1.8 16V 4X2 AT6, DOMINIO AE097XC a nombre del SR. TORRES, ALBERTO, D.N.I N° 8.396.843.
Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 2.530/25, se crea el “Marco Regulatorio para el Otorgamiento de Exenciones Impositivas sobre Automotor e Inmueble para personas con Discapacidad, Septuagenarias y Trasplantadas”.
Que, mediante Nota N° 589/26, ingresada al HCD, se presentó el Certificado de Fallecimiento del SR. TORRES, ALBERTO, D.N.I N° 8.396.843 emitido por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: DAR DE BAJA el beneficio otorgado en el Artículo 1° en lo que respecta a los beneficios de Exención Impositiva por Discapacidad otorgados al SR. TORRES, ALBERTO, D.N.I N° 8.396.843 para el inmueble identificado catastralmente como: 1-2-0-44-19.
Artículo 2°: ABROGAR la Ordenanza Municipal N° 2.117/23 por Fallecimiento del SR. TORRES, ALBERTO, D.N.I N° 8.396.843.
Artículo 3º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal; a la secretaria de Hacienda Municipal; a la familia del Sr. Torres, Alberto, para su conocimiento y efectos pertinentes.Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.