Excepción al Artículo 6°, Inciso b de la Ordenanza Municipal N° 1.118/13, al SR. HERNÁNDEZ, JOSÉ PATRICIO
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; las Ordenanza Municipales N° 1118/13, N° 2.202/23 y N° 2.528/25; las Notas N° 365/26, N° 408/26, N° 414/26 y N° 431/26 ingresadas al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; el Despacho de Comisión de Legislación General N° 205/26; el Despacho de Comisión de Hacienda N° 206/26; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ordenanza Municipal N° 1118/13, determina el marco normativo para el servicio de Taxis, Remises, Radio-Taxis y Taxi-Flet en la jurisdicción de Trevelin.
Que, la Ordenanza Municipal N°2.202/23, modifica los Artículos 6°, 7° y 21° de la Ordenanza Municipal N° 1.118/23 –Servicio Público de Taxi o Radio-Taxi.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.202/23 en el Artículo 1° modifica el Artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 1.118/13, el cual quedó redactado de la siguiente forma:
“Artículo 6°: Los vehículos destinados al servicio de taxi o radio-taxi deben cumplir los siguientes requisitos, además de los establecidos en el artículo 4°:
a. Ser del tipo sedán o rural de cuatro (4) o cinco (5) puertas, con compartimiento para equipaje en condiciones de funcionamiento.
b. La antigüedad del vehículo no podrá ser superior a los diez (10) años, siendo improrrogable este plazo máximo”.
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 2.528/25, se le otorgó Excepción al Artículo 6°, Inciso b de la Ordenanza Municipal N° 1.118/13 – Prórroga por un año al SR. HERNÁNDEZ, JOSÉ PATRICIO, para el automotor identificado como: MARCA CHEVROLET DX-CLASSIC 4 P LS ABS+AIRBAG 1.4N, MODELO 2015, DOMINIO PGV137, N° DE MOTOR GJBM30858.
Que, la Nota N° 365/26 ingresada al HCD, el Sr. Hernández, José Patricio, D.N.I N° 32.650.263, solicita excepción al Artículo 6°, Inciso b de la Ordenanza Municipal N° 1118/13, para el automotor identificado como: MARCA CHEVROLET DX-CLASSIC 4 P LS ABS+AIRBAG 1.4N, MODELO 2015, DOMINIO PGV137, N° DE MOTOR GJBM30858, e ingresa documentación.
Que, la Nota N° 408/26 ingresada al HCD, el Sr. Hernández, José Patricio, D.N.I N° 32.650.263, solicita que se de tratamiento a su pedido y presenta documentación.
Que, la Nota N° 414/26 ingresada al HCD el Secretario de Bromatología, Inspección e Higiene de la Municipalidad de Trevelin “…estima factible, de manera única y excepcional, conferir la segunda prórroga peticionada.
Sin embargo, como condición previa a ello, habrá de requerirse del interesado: 1.- Respecto de la unidad, confeccionar un amplio informe técnico en similares términos al previsto en la Ordenanza Municipal N°. 1.996/2022; 2.- Respecto de la Licencia de Taxi N° 016-261 de la Unidad Vehicular Dominio PGV137, Fecha de inscripción lnicial 21/10/2015, Chásis N° 8AGSC1950GR118301, Motor: GJBM30858, Modelo 2015, deberá estar a lo dispuesto por la RESOL-2025-0669-DEM-TREVELIN, es decir deberá regularizar la totalidad de los saldos pendientes de pago correspondientes al Convenio de Pago por Adjudicación de Licencia de Taxi, incluyendo capital e intereses, conforme constancias de la Secretaría de Hacienda Municipal.
De esta manera, estimo aconsejable que, previo al otorgamiento de la prórroga, el Sr. HERNANDEZ cumpla íntegramente los extremos puestos de relieve precedentemente”.
Que, la Nota N° 431/26 ingresada al HCD, la Dra. Diana M. Robert, solicita que se le de tratamiento a la solicitud realizada por el Sr. Hernández, José Patricio.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente, a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: EXCEPTUAR al SR. HERNÁNDEZ, JOSÉ PATRICIO, D.N.I N° 32.650.263, de lo establecido en el Artículo 6°, inciso b, de la Ordenanza Municipal N° 1.118/13, referido a la antigüedad del vehículo para el automotor identificado como: MARCA CHEVROLET DX-CLASSIC 4 P LS ABS+AIRBAG 1.4N, MODELO 2015, DOMINIO PGV137, N° DE MOTOR GJBM30858, destinado al servicio de Taxis, por el período de 1 (un) año a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza.
Artículo 2°: ESTABLECER previo al cumplimiento del artículo 1° el SR. HERNÁNDEZ, JOSÉ PATRICIO, D.N.I N° 32.650.263 deberá:
1.- Respecto de la unidad, confeccionar un amplio informe técnico en similares términos al previsto en la Ordenanza Municipal N°. 1.996/2022.
2.- Respecto de la Licencia de Taxi N° 016-261 de la Unidad Vehicular Dominio PGV137, Fecha de inscripción lnicial 21/10/2015, Chásis N° 8AGSC1950GR118301, Motor: GJBM30858, Modelo 2015, deberá estar a lo dispuesto por la RESOL-2025-0669-DEM-TREVELIN, es decir deberá regularizar la totalidad de los saldos pendientes de pago correspondientes al Convenio de Pago por Adjudicación de Licencia de Taxi, incluyendo capital e intereses”.
Artículo 3°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal y la Secretaría de Hacienda Municipal y al solicitante para su conocimiento e implementación.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.