ORDENANZA N° 2.667/26

Ratificar en todos sus términos la Resolución Municipal N° 2026-0769-DEM-TREVELIN y el Acta Acuerdo celebradas entre el DEM y los Sindicatos S.O.E.M.T y S.O.E.M.E y ZO

VISTO:

          La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; y la Nota N° 311/26 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; el Acta N° 03/26 del Libro de Actas de Comisiones Permanentes, Especiales y de Receso del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; Y,

CONSIDERANDO:

                                    Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante en el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                    Que, mediante la Nota N° 311/26 ingresada al HCD, el Departamento Ejecutivo Municipal eleva la Resolución Municipal N° 2026-0769-DEM-TREVELIN y el Acta Acuerdo celebrada entre el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) y el S.O.E.M.T (Sindicato de Obrero y Empleados Municipales de Trevelin) juntamente con el S.O.E.M.E y ZO (Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Esquel y Zona Oeste), para conocimiento y ratificación la cual, como ANEXO I forma parte integrante de la presente Ordenanza.

                        Que, la Resolución Municipal N° 2026-0769-DEM-TREVELIN, ratifica en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada entre el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) y el S.O.E.M.T (Sindicato de Obrero y Empleados Municipales de Trevelin) juntamente con el S.O.E.M.E y ZO (Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Esquel y Zona Oeste), rubricada el día 13 de abril del 2.026. La cual forma parte de la presente Ordenanza, como ANEXO I.

                                    Que, conforme lo mencionado en el Acta Acuerdo rubricada el día 13 de abril del 2.026 por el Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M) y los sindicatos S.O.E.M.T y S.O.E.M.E y ZO, la cual forma parte de la presente como ANEXO I, ambas partes acordaron:

  1. Otorgar un incremento salarial del 5,5% al básico, a partir del 1 de abril de 2026; un incremento salarial del 3%, a partir del 1 de mayo de 2026 y un incremento salarial del 3% al básico a partir del 1 de junio de 2026 acumulativo, que beneficiará a los agentes pertenecientes a la Planta Permanente Municipal, Personal del GIRSU, Personal Planta Transitoria; Planta Política Municipal, Concejales del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin y Jubilados de la Municipalidad de Trevelin.-

  1. Acordar que. en el mes de julio de 2.026. las partes se reunirán a fin de establecer el acuerdo salarial próximo. –

                                    Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: RATIFICAR en todos sus términos la Resolución Municipal N° 2026-0769-DEM-TREVELIN y el Acta Acuerdo celebrada entre el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) y el S.O.E.M.T (Sindicato de Obrero y Empleados Municipales de Trevelin) juntamente con el S.O.E.M.E y ZO (Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Esquel y Zona Oeste), celebradas el 13 de abril del 2.026. Las cuales, como ANEXO I, forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo 2°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y efectos correspondientes.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.

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