ORDENANZA N° 2.665/26

Otorgar Excepción a la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 (PDT) a la Parcela 3, Chacra 3, Sector 5, Circunscripción 2, Ejido 38 – Rodríguez Rodríguez, Noé Sergio

VISTO:

            La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 (PDT); el Expediente OP 11/26 del HCD, la Nota N° 282/26 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; y el Despacho de Comisión Obras Públicas N° 85/26; Y,

CONSIDERANDO:

                                    Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                    Que, mediante Ordenanza Municipal N° 2.118/23, se aprobó el Plan de Desarrollo Territorial 2.023 de la ciudad de Trevelin.

                                    Que, mediante Nota N° 282/26 ingresada al HCD, la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Trevelin informó lo siguiente: Se remite información técnica y reglamentaria necesaria para darle solución a un inconveniente que se suscita desde hace varios años en el callejón Muñoz que parte de la Ruta Provincial N°71 y da acceso a varias Parcelas Subrurales.

En este caso, por voluntad y necesidad de regularizar su situación dominial, el Señor Noé Sergio Rodríguez Rodríguez DNI 13.072.582 propietario de la

Parcela 3 de la Chacra 3 Sector 5 Circunscripción 2, posee el callejón Muñoz que atraviesa su parcela y la divide en dos sectores, cuando el acceso por mensura a dicha Parcela figura en un sector lindero si abrir y topográficamente muy complejo de realizar. Asimismo, posee un callejón en la parte alta de su Parcela que invade también su propiedad.

La solución consensuada con esta Secretaría fue que el señor Rodríguez ceda el callejón actual (tanto el que atraviesa, como así también el que invade en el sector alto) y que se desafecte el callejón cedido sin abrir para compensar superficies de su Parcela.

Se adjuntan dos planos, el primero ilustra la situación catastral actual y como quedaría con las calles cedidas y las calles desafectadas; el segundo corresponde al anteproyecto de mensura graficando desafectaciones, cesión de calles, alambrados existentes y superficies involucradas, Para dicha regularización es necesaria una Ordenanza de excepción que contemple los siguientes puntos:

  • Desafectación de calle pública cedida según plano adjunto.

  • Excepción a anchos mínimo de calles cedidas por el señor Rodríguez contemplados en el Art. III.3 del Plan de Desarrollo Territorial vigente.

  • Excepción a superficie mínima de la Parcela resultante “3B” contemplado en el Art. VI.19 del Plan de Desarrollo Territorial vigente.

                                    Que, los planos mencionados precedentemente forman parte de la presente ordenanza como, ANEXO I.

                                    Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: DESAFECTAR del dominio público la calle de superficie 199.09 m2 de la Parcela 32 y calle de superficie 739,73 m2 de la Parcela 14 cedidas según plano adjunto correspondiente a la redistribución de la parcela identificada catastralmente como: Parcela 3, Chacra 3, Sector 5, Circunscripción 2, Ejido 38, propiedad del Sr.  Rodríguez Rodríguez, Noé Sergio.

Artículo 2°: AFECTAR al dominio público la calle de superficie 1242,68 m2 según plano adjunto correspondiente a la redistribución de la parcela identificada catastralmente como: Parcela 3, Chacra 3, Sector 5, Circunscripción 2, Ejido 38, propiedad del Sr.  Rodríguez Rodríguez, Noé Sergio.

Artículo 3°: EXCEPTUAR de la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 (Plan de Desarrollo Territorial 2.023) TÍTULO II, CAPÍTULO III SISTEMA VIAL, SECCIÓN 1 aspectos generales y clasificación, III.3 Clasificación, en lo que respecta a anchos mínimos de calles a la Parcela 3, Chacra 3, Sector 5, Circunscripción 2, Ejido 38, propiedad del Sr. Rodríguez Rodríguez, Noé Sergio, según plano adjunto en ANEXO I de la presente Ordenanza.

Artículo 4°: EXCEPTUAR de la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 (Plan de Desarrollo Territorial 2.023) TÍTULO II, CAPÍTULO VII CONDICIONES PARTICULARES PARA LAS ZONAS DE REGULACIÓN GENERAL, SECCIÓN 2, Subsección 3, VII.19 Parcelas de 1 a 5 hectáreas, en lo que respecta a superficie mínima a la Parcela 3B, correspondiente a la redistribución de la parcela identificada catastralmente como: Parcela 3, Chacra 3, Sector 5, Circunscripción 2, Ejido 38, propiedad del Sr.  Rodríguez Rodríguez, Noé Sergio, según plano adjunto en ANEXO I de la presente Ordenanza.

Artículo 5°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, y al solicitante para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.


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