ORDENANZA N° 2.630/26

Imponer el nombre “Trabajadoras de Casas Particulares” a la sala del ala izquierda del Centro Cultural de Trevelin

VISTO:

            La Ley Nacional N° 26.844; la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza Municipal N° 1.846/20; el Expediente OP-08/25 del HCD; la Nota N° 248/25 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin y el Despacho de Comisión de Obras Publicas N° 51/26; Y,

CONSIDERANDO:

                                    Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                    Que, mediante Ordenanza Municipal N° 1.846/20, se establece el Marco Regulatorio respecto a los requerimientos formales y procedimentales para la imposición de nombres a espacios públicos.

                                    Que, mediante la Resolución Nacional N° 3/2015 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, en conmemoración a la promulgación de la Ley Nacional N° 26.844 del “Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”.

                                    Que, desde el año 2015, cada 3 de abril se conmemora el día de las “Trabajadoras de Casas Particulares”, y el personal doméstico gozará, por ley, de un día no laborable y, por tanto, sin pérdida de la remuneración que le correspondiera en esa fecha. Si trabajaran esa jornada, deberían cobrar un 100% más.

                                    Que, La Ley N° 26.844 promulgada precisamente el 3 de abril de 2013, vino a saldar una deuda histórica con un colectivo laboral y tiene por objeto garantizar al personal de Casas Particulares el pleno ejercicio y goce de sus derechos fundamentales, y promover pisos mínimos protectorios ajustados a los principios generales del derecho laboral argentino.

                                    Que, mediante la Nota N° 248/25, ingresada al HCD, se solicita que se pueda destinar un lugar público para imponer el nombre de “Trabajadoras de Casas Particulares” en reconocimiento a las trabajadoras de casas particulares de Trevelin y sus Parajes por tan sacrificada y noble labor.

                                    Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: IMPONER el nombre “Trabajadoras de Casas Particulares” a la sala del ala izquierda del Centro Cultural de Trevelin, sito Avenida San Martin N° 339.

Artículo 2°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y efectos correspondientes.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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