Establecer el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Trevelin para el Ejercicio Fiscal 2.026
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; las Notas N° 879/25 y N° 893/25 ingresadas al Honorable Concejo Deliberante; los Despachos de Comisión de Hacienda N° 350/25 y N° 351/25; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Articulo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, mediante la nota N° 893/25, ingresada al HCD el Departamento Ejecutivo Municipal de Trevelin ha elevado el Presupuesto final de Gastos y Calculo de Recursos de la Municipalidad de Trevelin para el Ejercicio Fiscal 2.026.
Que, corresponde al Honorable Concejo Deliberante sancionar el Presupuesto de Gastos y Calculo de Recursos de la Corporación Municipal.
Que, según consta en los Despachos de Comisión de Hacienda N° 350/25, N° 351/25, se ha dado tratamiento al Proyecto de Ordenanza con la participación de la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Trevelin, contadora Cecilia Purzel.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
DEL PRESUPUESTO DE GASTOS Y CÁLCULO DE RECURSOS
Artículo 1º: Fíjese en la suma de Ocho Mil Novecientos Dieciocho Millones Quinientos Noventa Mil Quinientos Ochenta y Dos ($ 8.918.590.582) el total de erogaciones del presupuesto de gastos de la Municipalidad de Trevelin para el Ejercicio Fiscal 2.026.
Artículo 2º: Estímese en la suma de Ocho Mil Novecientos Dieciocho Millones Quinientos Noventa Mil Quinientos Ochenta y Dos ($ 8.918.590.582) el cálculo de recursos destinado a atender las erogaciones a que se refiere el artículo primero. de acuerdo al detalle que obra en la planilla ANEXO I.
Artículo 3°: Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estimase el siguiente balance financiero preventivo:
Erogaciones $ 8.918.590.582
Recursos $ 8.918.590.582
Necesidades de Financiamiento $ 0
Artículo 4º: Las erogaciones a que hace referencia el artículo primero de la presente Ordenanza serán distribuidas analíticamente de acuerdo al detalle que obra en la planilla ANEXO I.
Artículo 5º: Fíjese en Doscientos Treinta y Tres (233) el número de cargos del personal superior, la planta de personal permanente y temporario del Departamento Ejecutivo Municipal y en Trece (13) el número de cargos de la planta de personal permanente y temporario del Honorable Concejo Deliberante Municipal para el Ejercicio Fiscal 2.026. de acuerdo al detalle obrante en las planillas del ANEXO II.
Artículo 6º: Establézcase la vigencia para el periodo fiscal 2.026 lo establecido en el ANEXO III.
Artículo 7º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a:
a) Modificar las partidas principales y parciales del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos.
b) Incorporar al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos los aportes Nacionales y Provinciales con afectación especifica.
c) Incorporar a las partidas principales y parciales del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos los excedentes de recaudación producidos en las partidas del cálculo de recursos.
d) Modificar las categorías de la planta de personal sin alterar el total de cargos del presupuesto de cargos de personal municipal.
Artículo 8º: Notifíquese al Honorable Concejo Deliberante cuando se haga uso de las facultades otorgadas en el artículo anterior.
Artículo 9º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese y Cumplido. Archívese.
HOJA 1/5
ANEXO I
Establecer el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Trevelin para el Ejercicio Fiscal 2.026
Establecer el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Trevelin para el Ejercicio Fiscal 2.026
PLANTA PERMANENTE Y TRANSITORIA
- Fíjese la Escala de Remuneraciones mensual. habitual y permanente de las autoridades superiores del Departamento Ejecutivo; Concejales y Secretarios del Concejo Deliberante de acuerdo al detalle obrante en la planilla precedente.
- Fíjese la Escala de Remuneraciones mensual. habitual y permanente del personal municipal de acuerdo al detalle obrante en la planilla precedente con más los adicionales generales y particulares establecidos en el Estatuto del Personal Municipal y los acuerdos paritarios vigentes.
- La Escala de Remuneraciones mensual. habitual y permanente establecida en la planilla precedente será modificada de acuerdo a los futuros acuerdos paritarios manteniendo la proporcionalidad de la misma.
- Fijase el adicional remunerativo y bonificable para los funcionarios que suscriban cheques en un cincuenta por ciento del sueldo devengado de la Categoría 10 de la planilla precedente.