Otorgar Excepción a la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 para la Parcela 2, Manzana 54, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38 – ORTIGOSA, MIRTA JACINTA
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza N° 2.118/23 – Plan de Desarrollo Territorial 2.023; el Expediente OP-14/25 del Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Comisión de Obras Públicas N° 256/25; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes. –
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 2.118/23 el Honorable Concejo Deliberante sanciona el Plan de Desarrollo Territorial 2.023.-
Que, mediante Nota N° 580/25 ingresada al HCD, la SRA. ORTIGOSA, MIRTA JACINTA, DNI N° 23.407.964 solicita excepción a lo establecido en el Titulo II. Capítulo VII, Sección 1, Subsección 2, Inciso VII.3 indicadores, de la Ordenanza Municipal N° 2.118/23, en lo que respecta a superficie mínima para una de las parcelas resultantes, según proyecto de fraccionamiento que como ANEXO I forma parte integrante de la presente. –
Que, así mismo solicita excepción a lo establecido en Titulo II. Capítulo VI, Sección 2, Inciso VI.24.1.e de la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 en lo que respecta a cordón cuneta para el inmueble identificado catastralmente como: Parcela 2, Manzana 54, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38 de la Sra. ORTIGOSA, MIRTA JACINTA, DNI N° 23.407.964.-
Que, mediante Nota N° 645/25 ingresada al HCD, se ingresa copia de Proyecto de Fraccionamiento para el inmueble identificado catastralmente como: Parcela 2, Manzana 54, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38.-
Que, mediante la Nota N° 691/25 ingresada al HCD, la Secretaria de Obras Publicas de la Municipalidad de Trevelin, informó opinión: que es factible otorgarle la excepción sobre la calle Sarmiento toda vez que dicha calle es una arteria de circulación. No es el mismo caso en la calle Dr. Castro, la cual corresponde a una arteria de circulación secundaria estipulada en el Plan de Desarrollo Territorial vigente, en la cual circulan gran cantidad de vehículos. –
Que, mediante el Despacho de Comisión N° 256/25, se resolvió Otorgar la excepción solicitada para el frente correspondiente a la calle Sarmiento y Denegar la excepción para el frente correspondiente a la calle Dr. Castro para la parcela denominada catastralmente como: Parcela 2, Manzana 54, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38, de la Sra. ORTIGOSA, MIRTA JACINTA, DNI N° 23.407.964.-
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa. –
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: EXCEPTUAR a la Parcela 2, Manzana 54, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38, de lo establecido en Titulo II. Capítulo VI, Sección 2, Inciso VI.24.1.e de la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 en lo que respecta a cordón cuneta sobre la calle Sarmiento, según proyecto de fraccionamiento que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2°: DENEGAR Excepcióna la Parcela 2, Manzana 54, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38, de lo establecido en el Titulo II. Capítulo VI, Sección 2, Inciso VI.24.1.e de la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 en lo que respecta a cordón cuneta sobre la calle Dr. Castro, según proyecto de fraccionamiento que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 3°: OTORGAR Excepción a lo establecido en el Titulo II. Capítulo VII, Sección 1, Subsección 2, Inciso VII.3 indicadores, de la Ordenanza Municipal N° 2.118/23, en lo que respecta a superficie mínima para una de las parcelas resultantes, según proyecto de fraccionamiento que como ANEXO I forma parte integrante de la presente, para la Parcela 2, Manzana 54, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38 de la Sra. ORTIGOSA, MIRTA JACINTA, DNI N° 23.407.964.
Artículo 4º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal y al solicitante, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 5°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
HOJA 1/1
ANEXO I
Otorgar Excepción a la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 para la Parcela 2, Manzana 54, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38 – ORTIGOSA, MIRTA JACINTA
