Desafectar del dominio público 786,15 m2, del callejón correspondiente a las Parcelas 431-432, Circunscripción 2 Sector 5 Ejido 38 de Roberto Omar Daher
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 (Plan de Desarrollo Territorial); el Expediente OP-14/22 del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; y el Despacho de Comisión de Obras Públicas N° 248/25; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante en el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.118/23, establece el Plan de Desarrollo Territorial.
Que, mediante la Nota N° 632/25, ingresada al HCD de Trevelin, la Secretaría de Obras Publicas ingresa solicitud de desafectación de callejón por parte del SR. ROBERTO OMAR DAHER, D.N.I. N° 12.189723, quien es el propietario de las Parcelas 431 y 432, Sector 5, Circunscripción 5 del Ejido 38 de Trevelin y manifiesta: que va a realizar una redistribución en las parcelas mencionadas y solicito la desafectación de calle en una superficie de 786,15 m2 para dar forma a la ubicación final en el respectivo plano de mensura.
Que, el proyecto de mensura particular con deslinde y redistribución Expediente P-370-25, forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal como ANEXO I.
Que, mediante la Nota N° 632/25, ingresada al HCD de Trevelin, la Secretaría de Obras Publicas emitió opinión técnica y factibilidad detallando que:
- Dicha solicitud de desafectación es sobre un callejón que es usado únicamente como acceso a su propiedad sin perjuicio de otros propietarios linderos.
- Dicho callejón a desafectar fue cedido por la misma persona que solicita la desafectarlo.
- El pedido de desafectación es motivado por una mensura de redistribución que mejora en superficie la situación anterior al pedido.
- Dicho pedido no libera al propietario de cumplimentar todo lo requerido por el plan de desarrollo territorial vigente.
Por lo expuesto anteriormente, esta Secretaría no presenta objeción al pedido realizado por el Sr. Roberto Omar Daher.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: DESAFECTAR el tramo del callejón que surge del Expediente P-370-25, con una superficie de 786,15 m2, de acuerdo al proyecto de mensura particular con deslinde y redistribución, solicitado por el Sr. Roberto Omar Daher, que como ANEXO I forma parte de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 2°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Obras Públicas Municipal; al solicitante para su conocimiento y efectos correspondientes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.
HOJA 1/4 – ANEXO I
Desafectar del dominio público 786,15 m2, del callejón correspondiente a las Parcelas 431-432, Circunscripción 2 Sector 5 Ejido 38 de Roberto Omar Daher

HOJA 2/4 ANEXO I

HOJA 3/4 – ANEXO I

HOJA 4/4 – ANEXO I
