ORDENANZA N° 2.503/25

Otorgar Excepción a la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 (Plan de Desarrollo Territorial 2.023), en lo que respecta a retiros perimetrales para la Parcela 12, Manzana 56, Sector 3, Circunscripción 5, Ejido 38 – Conejeros Jara, Sergio Misael

VISTO:

            La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza N° 2.118/23 – Plan de Desarrollo Territorial 2.023; el Expediente OP-02/25 del Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Comisión de Obras Públicas N° 96/25; Y,

CONSIDERANDO:

                                    Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Articulo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                    Que, mediante Ordenanza Municipal N° 2.118/23 el Honorable Concejo Deliberante sanciona el Plan de Desarrollo Territorial 2.023.

                                    Que, mediante Nota de Ingreso N° 1152/24 del HCD, el SR. CONEJEROS JARA, SERGIO MISAEL, DNI: N° 18.823.838, solicita la excepción a lo establecido en el ANEXO I de la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 (Plan de Desarrollo Territorial 2.023), Titulo II, Capitulo VIII, Sección 3, VIII.8 Inciso 3.h en lo que respecta a retiros perimetrales, para el inmueble identificado catastralmente como Ejido 38, Circunscripción 5, Sector 3, Manzana 56, Parcela 12.

Que, mediante nota de ingreso N° 320/24 del HCD, la Secretaria de Obras Públicas de la Municipalidad de Trevelin informa que no emite objeción alguna para el pedido de excepción referido precedentemente ya que según P-984-17 la Parcela 12 de la Manzana 56 del paraje de Aldea Escolar mide 10 metros de frente, por lo que de aplicarse los retiros establecido en el PDT vigente se limitarían de forma extrema los criterios de construcción, usos y posterior aprobación de planos.

                                    Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: EXCEPTUAR a la Parcela 12, Manzana 56, Sector 3, Circunscripción 5, Ejido 38, de lo establecido en el ANEXO I de la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 (Plan de Desarrollo Territorial 2.023), Titulo II, Capitulo VIII, Sección 3, VIII.8 Inciso 3.h en lo que respecta a retiros perimetrales.

Artículo 2°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal y al solicitante para los efectos pertinentes.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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