ORDENANZA N° 2.502/25

Otorgar Excepción a la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 (Plan de Desarrollo Territorial 2.023), en lo que respecta a factor de ocupación del suelo para la Parcela 13, Manzana 64, Sector 1, Circunscripción 1, Ejido 38 – Casanova Sáez, Alex Selman

VISTO:

            La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza N° 2.118/23 – Plan de Desarrollo Territorial 2.023; el Expediente OP-07/25 del Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Comisión de Obras Públicas N° 95/25; Y,

CONSIDERANDO:

                                    Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Articulo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                    Que, mediante Ordenanza Municipal N° 2.118/23 el Honorable Concejo Deliberante sanciona el Plan de Desarrollo Territorial 2.023.

                                    Que, mediante Nota de Ingreso N° 211/25 del HCD, la SR. CASANOVA SÁEZ, ALEX SELMAN, DNI: N° 18.851.123, solicita la excepción a lo establecido en el ANEXO I de la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 (Plan de Desarrollo Territorial 2.023), Titulo II, Capitulo VII, Sección 1, Subsección 2, VII.3 Condiciones Particulares para la Zona Residencial 1 en lo que respecta al factor de ocupación del suelo, para el inmueble identificado catastralmente como Ejido 38, Circunscripción 1, Sector 1, Manzana 64, Parcela 13, solicitando que se amplié en un 10 % por ciento equiparando a lo establecido en la subsección 6 VII.9 que habilita a incrementar el F.O.S. hasta un 80 % por ciento en lotes que se encuentren en vías de circulación locales primarias, con motivo de la cercanía a una de ellas.

Que, el proyecto de la edificación a construir se encuentra presentado y consta en el expediente bajo fojas 16 a18.

Que, mediante nota de ingreso N° 329/25 del HCD, la Secretaria de Obras Públicas de la Municipalidad de Trevelin informa que no emite objeción alguna para el pedido de excepción referido precedentemente ya que solo modifica el 10% por ciento de lo establecido en el PDT vigente.

                                    Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: EXCEPTUAR a la Parcela 13, Manzana 64, Sector 1, Circunscripción 1, Ejido 38, de lo establecido en el ANEXO I de la Ordenanza Municipal N° 2.118/23 (Plan de Desarrollo Territorial 2.023), Titulo II, Capitulo VII, Sección 1, Subsección 2, VII.3 Condiciones Particulares para la Zona Residencial 1 en lo que respecta al factor de ocupación del suelo, ampliando el mismo a 0,80 según Anteproyecto que como ANEXO I forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal y al solicitante para los efectos pertinentes.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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