Dar de Baja como adjudicataria de la Parcela 1, Manzana 57 del Loteo “Mercedes Nahuelpan” a la SRA. TRECAMAN, SUSANA SOLEDAD
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; las Ordenanzas Municipales N° 1.869/21 y ccdtes y N° 2.126/23; y las Actas N° 06/24, N° 07/24, N° 08/24, N° 01/25 y N° 02/25 de la Comisión del Loteo “Mercedes Nahuelpan”; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Articulo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, mediante Ordenanza N° 1.869/21 y sus modificatorias se crea el Marco Regulatorio para la Adjudicación en Venta de los Lotes pertenecientes al Loteo Municipal “Mercedes Nahuelpan” que surgen del proyecto de fraccionamiento del inmueble identificado catastralmente como: Parcela 42, Chacra 22, Sector 5, Circunscripción 2, Ejido 38.
Que, mediante Ordenanza N° 2.126/23, se adjudican en venta 128 lotes del Loteo Social Mercedes Nahuelpan, estableciendo el Listado de Adjudicatarios (ANEXO I).
Que, mediante Ordenanza Municipal citada se le adjudicó a la SRA. TRECAMAN, SUSANA SOLEDAD, D.N.I N° 31.802.415, la Parcela 1 de la Manzana 57.
Que, mediante el Acta N° 06/24 de la Comisión de Loteo “Mercedes Nahuelpan”, se dejó constancia que la SRA. TRECAMAN, SUSANA SOLEDAD, D.N.I N° 31.802.415 que a pesar de las reiterados llamados a convocatoria, a través de los medios comunicación, llamados telefónicos no se presentó para avanzar con lo estipulado en el artículo N° 12 de la Ordenanza Municipal N° 1.869/21.
Que, mediante el Acta N° 06/24 de la Comisión de Loteo “Mercedes Nahuelpan”, la comisión dejó constancia que no se pudo establecer contacto con la SRA. TRECAMAN, SUSANA SOLEDAD, D.N.I N° 31.802.415.
Que, mediante el Acta N° 07/24 de la Comisión de Loteo “Mercedes Nahuelpan”, la comisión dejó constancia que el Poder Ejecutivo Municipal informó que la SRA. TRECAMAN, SUSANA SOLEDAD, D.N.I N° 31.802.415 no se notificó.
Que, mediante el Acta N° 01/25 de la Comisión de Loteo “Mercedes Nahuelpan” resolvió, notificar mediante carta documento por intermedio del Poder Ejecutivo Municipal de Trevelin a la SRA. TRECAMAN, SUSANA SOLEDAD, D.N.I N° 31.802.415, informándole que se le confirió un plazo perentorio e improrrogable de 5 (cinco) días hábiles administrativos contados a partir de la efectiva notificación para su inmediato comparendo en la Secretaria de Coordinación de Gabinete de la Municipalidad de Trevelin a los efectos de acordar la modalidad de pago y celebrar el respectivo convenio por adjudicación en venta del referido inmueble. Notificándole a además que para el improbable supuesto que no concurriera a esta municipalidad en el término señalado precedentemente se procederá a instrumentarle la baja de la adjudicación.
Que, mediante el Acta N° 02/25 de la Comisión de Loteo “Mercedes Nahuelpan”, el Poder Ejecutivo informó haber notificado correctamente a la SRA. TRECAMAN, SUSANA SOLEDAD, D.N.I N° 31.802.415 mediante carta documento N° 286577535 con recibo de acuse el 08/04/2025.
Que, mediante el Acta N° 02/25 de la Comisión de Loteo “Mercedes Nahuelpan” en virtud que la SRA. TRECAMAN, SUSANA SOLEDAD, D.N.I N° 31.802.415 fue debidamente notificada mediante carta documento N° 286577487, y que habiendo transcurridos los días establecidos la señora no se presentó ante el Poder Ejecutivo a firmar el convenio de pago, esta Comisión resolvió dar de baja como adjudicataria la SRA. TRECAMAN, SUSANA SOLEDAD, D.N.I N° 31.802.415, de la Parcela 1, Manzana 57 del Loteo “Mercedes Nahuelpan”, por no haber cumplido con lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 1.869/21 en lo que respecta a la firma del convenio de pago correspondiente.
Que, se procederá a convocar al adjudicatario próximo/a en la lista de espera aprobada por Ordenanza Municipal N° 2.126/23 ANEXO II.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: DAR DE BAJA como adjudicataria a la SRA. TRECAMAN, SUSANA SOLEDAD, D.N.I N° 31.802.415, de la Parcela 1 de la Manzana 57 del Loteo “Mercedes Nahuelpan”, según lo expuesto en los considerandos de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.