Excepción al Artículo 6°, Inciso b de la Ordenanza Municipal N° 1.118/13 – Prórroga por un año a Sr. Ñancufil, Cesar Horacio
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza Municipal N° 1118/13; las Notas N° 241/25 y N° 303/25 ingresadas al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; el Acta N° 03/25 del Libro de Actas de Comisiones Permanentes, Especiales y de Receso del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ordenanza Municipal N° 1118/13, determina el marco normativo para el servicio de Taxis, Remises, Radio-Taxis y Taxi-Flet en la jurisdicción de Trevelin.
Que, el Artículo 6°, inc. b, de la Ordenanza Municipal N° 1118/13 establece que “La antigüedad del vehículo no podrá ser superior a los seis (6) años”.
Que, la Nota N° 241/25 ingresada al HCD, el Sr. Ñancufil, Cesar Horacio D.N.I N° 25.076.633, solicita excepción al Artículo 6°, Inciso b de la Ordenanza Municipal N° 1118/13 sobre su automotor marca Chevrolet Cobalt 1.8 N LT, modelo 2014, dominio OCG684, N° de motor FB9000947, destinado al servicio de Taxis, debido a la situación económica.
Que, la Nota N° 303/25 ingresada al HCD el Secretario de Bromatología, Inspección e Higiene de la Municipalidad de Trevelin considera que sería factible que hacer lugar al pedido en tanto y en cuanto se emita un informe mecánico favorable a la unidad vehicular. Modelo a presentar establecido en el Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1.996/22.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente, a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: EXCEPTUAR al Sr. ÑANCUFIL, CESAR HORACIO, D.N.I: N° 25.076.633, de lo establecido en el Artículo 6°, inciso b, de la Ordenanza Municipal N° 1.118/13, referido a la antigüedad del vehículo para el automotor identificado como: marca Chevrolet Cobalt 1.8 N LT, modelo 2014, dominio OCG684, N° de motor FB9000947, destinado al servicio de Taxis, por el período de 1 (un) año a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza.
Artículo 2°: ESTABLECER que previo a ser habilitado por el área municipal competente al Sr. ÑANCUFIL, CESAR HORACIO, D.N.I: N° 25.076.633, deberá presentar un informe técnico de estado vehicular favorable expedido por taller mecánico habilitado por la Municipalidad de Trevelin. Modelo de informe de estado Vehicular Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1.996/22.
Artículo 3°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal y la Secretaría de Hacienda Municipal y al solicitante para su conocimiento e implementación.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.