Otorgar Exención Impositiva por Ex Combatiente de Islas Malvinas
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Constitución Nacional; Ley Nacional N° 25.370; las Ordenanzas N° 1.619/18, N° 2.398/24 y N° 2.376/24 “Marco General de Otorgamiento de Exención Impositiva a Ex Combatientes de Malvinas”; el Expediente DS-204/24-M; las Nota N° 1178/24 y N° 36/25 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; los Despachos de Comisión de Desarrollo Social N° 28/25 y N° 37/25; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Constitución Nacional, Disposiciones Transitorias, Primera, establece: “La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.
Que, la Ley Nacional N° 25.370, Artículo 1°, declara “Día del Veterano y de los Caídos en la guerra en Malvinas”, el 2 de abril.
Que, mediante Ordenanza N° 1.619/18, se establece el marco regulatorio para el otorgamiento de exención impositiva a Ex Combatientes de Malvinas.
Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 2.398/24, se le condonó la deuda y se otorgó el beneficio de exención impositiva sobre inmueble por derechohabiente de Veterano de Malvinas.
Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 2.376/24, la cual se aprobó el “Marco General de Otorgamiento de Exención Impositiva a Ex Combatientes de Malvinas”.
Que, mediante Nota N° 1178/24, ingresada al HCD la SRA. NARAMBUENA, IRMA IRIS D.N.I N° 13.988.341, solicita el beneficio de exención impositiva para el automotor identificado como: Marca Renault Kangoo II Express Confort 5ª 1.6 SCE, Modelo 2021, Motor 4MJ759Q070415, Dominio AE837GF, por ser la esposa del SR. SOLÍS, MIGUEL AMADO, D.N.I N° 16.421.333, por Veterano de Malvinas, y presenta documentación.
Que, mediante Nota N° 36/25, ingresada al HCD la SRA. NARAMBUENA, IRMA IRIS D.N.I N° 13.988.341, solicita renovación del beneficio de exención por ser la esposa del SR. SOLÍS, MIGUEL AMADO, D.N.I N° 16.421.333, por Veterano de Malvinas, y presenta documentación.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: OTORGAR la exención impositiva en un CIEN POR CIENTO (100%) a partir del 16 de diciembre de 2.024 que concepto de Impuesto inmobiliario y automotor que recae en la persona e inmueble y automotor que se detalla a continuación:
APELLIDO Y NOMBRE DE BENEFICIARIA | D.N.I N° | APELLIDO Y NOMBRE TITULAR DE INMUEBLE | D.N.I N° | NOMENCLATURA CATASTRAL |
NARAMBUENA, IRMA IRIS | 13.988.341 | SOLÍS, MIGUEL AMADO | 16.421.333 | 38-5-3-0-40-3 |
APELLIDO Y NOMBRE DE BENEFICIARIA | D.N.I N° | MARCA | DOMINIO |
NARAMBUENA, IRMA IRIS | 13.988.341 | RENAULT KANGOO II EXPRESS CONFORT 5ª 1.6 SCE | AE837GF |
Artículo 2°: RENOVAR anualmente, mediante Ordenanza Municipal, previa presentación de la documentación requerida en el Art. 6, inciso c, de la Ordenanza N° 1619/18.
Artículo 3°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Hacienda y al beneficiario, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.