Otorgar Exención Impositiva por Ex Combatiente de Islas Malvinas
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Constitución Nacional; Ley Nacional N° 25.370; las Ordenanzas N° 1.619/18, N° 2.358/24 y N° 2.376/24 “Marco General de Otorgamiento de Exención Impositiva a Ex Combatientes de Malvinas”; el Expediente H-70/22-M; la nota N° 14/25 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; el Despacho de Comisión de Desarrollo Social N° 28/25; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Constitución Nacional, Disposiciones Transitorias, Primera, establece: “La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.
Que, la Ley Nacional N° 25.370, Artículo 1°, declara “Día del Veterano y de los Caídos en la guerra en Malvinas”, el 2 de abril.
Que, mediante Ordenanza N° 1.619/18, se establece el marco regulatorio para el otorgamiento de exención impositiva a Ex Combatientes de Malvinas.
Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 2.358/24 se le Otorgó el Beneficio de Exención impositiva sobre automotor por Veterano de Malvinas al SR. GONZÁLEZ, DANIEL PATRICIO, D.N.I N° 13.111.444.
Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 2.376/24, se aprobó el “Marco General de Otorgamiento de Exención Impositiva a Excombatientes de Malvinas”.
Que, mediante Nota N° 14/25 ingresada al HCD, el SR. GONZÁLEZ, DANIEL PATRICIO, D.N.I N° 13.111.444, solicita la renovación del beneficio de exención impositiva sobre el inmueble denominado catastralmente como; Ejido 38, Circunscripción 2, Sector 5, Manzana 13, Parcela 6 y sobre el automotor denominado como: Marca TOYOTA HILUX 4X4 D/C LIMITED 2.8 TDI 6/T, Modelo 2018, Motor 1GD-G042718, Dominio AC941PX y presenta documentación.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: OTORGAR la exención impositiva en un CIEN POR CIENTO (100%) para el periodo 2.025 que concepto de Impuesto Automotor que recae en la persona y automotor que se detalla a continuación:
APELLIDO Y NOMBRE DE BENEFICIARIO | D.N.I N° | MARCA | DOMINIO VEHÍCULO | NOMENCLATURA CATASTRAL |
GONZÁLEZ, DANIEL PATRICIO | 13.111.444 | TOYOTA HILUX 4X4 D/C LIMITED 2.8 TDI 6/T. MODELO 2018. MOTOR 1GD-G042718 | AC941PX | 38 – 2 – 5 – 13 – 6 |
Artículo 2°: RENOVAR anualmente, mediante Ordenanza Municipal, previa presentación de la documentación requerida en el Art. 6, inciso c, de la Ordenanza N° 1619/18.
Artículo 3°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Hacienda y al beneficiario, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.