Adjudicar en venta a los Sres. Rolando Camilo, TARDÓN, Anabel, TARDÓN, Melva Elena, TARDÓN, Fernando, TARDÓN, Miriam, TARDÓN y María Eva, TARDÓN el inmueble identificado catastralmente como: Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, las Ordenanzas Municipales N° 1.003/11, N° 1.234/14, N° 1.444/16 y N° 2.118/23; la solicitud de los señores Rolando Camilo, TARDÓN, Anabel, TARDÓN, Melva Elena, TARDÓN, Fernando, TARDÓN, Miriam, TARDÓN y María Eva, TARDÓN; y el Despacho de Comisión de Tierra Fiscales N° 478/24; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N°46 de Corporaciones Municipales, Artículo 33° Inc. 30, determina que corresponde al Honorable Concejo Deliberante la reglamentación y administración de la Tierra Fiscal.
Que, la misma Ley en su Artículo 53°, establece que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de los bienes de la Corporación Municipal.
Que, la Ordenanza N° 1.003/11 regula la adjudicación de la Tierra Fiscal.
Que, la Ordenanza N° 1.234/14 es complementaria de la Ordenanza N° 1.003/11.
Que, la Ordenanza N° 1.444/16 es modificatoria y complementaria de la Ordenanza N° 1.003/11.
Que, mediante Ordenanza N° 2.118/23 se aprueba el Plan de Desarrollo territorial de Trevelin y sus Parajes.
Que, los Sres. María Eva Tardón con DNI N° 10.304.458, Rolando Camilo Tardón, con DNI N° 12.568.819, Miriam Tardón con DNI N° 4.891.910, Fernando Tardón, con DNI N° 11.354.737, Melva Elena Tardón con DNI N° 6.427.644 y Anabel Tardón con DNI N° 5.660.305 solicitan la adjudicación en venta en condominio y partes iguales de la Parcela 206 del Sector 5 de la Circunscripción 5 del Ejido 38, de acuerdo al Expediente N° 26/15 de este Honorable Concejo Deliberante.
Que, el predio mencionado precedentemente, está registrado a nombre de la Municipalidad de Trevelin según Plano de mensura particular con Deslinde y Fraccionamiento N° 24550, Tomo 230, Folio 89, con fecha 7 de Octubre del 2008.
Que, según consta en la documentación presentada en el Expediente N° 31/13 del Honorable Concejo Deliberante, los señores Ricardo Víctor Chemín y Alberto Jorge Chemín ocuparon desde el año 1947 la fracción Sur-Este del lote 105 del ensanche de la Colonia 16 de Octubre definido como Parcela 206.
Que, de acuerdo a los actos sucesorios, la Parcela 206 corresponde en condominio a Anabel Tardón, Melva Elena Tardón, María Eva Tardón, Miriam Tardón, Rolando Camilo Tardón y Fernando Tardón.
Que, como consecuencia de un acuerdo particionario se llevaron a cabo las respectivas mensuras de deslinde y fraccionamiento, con acuerdo de la Municipalidad de Trevelin.
Que, el Plano 24550 (Expte P-152-08) registra la mensura con deslinde y fraccionamiento de la Parcela 206 del Sector 5 de la Circunscripción 5 del Ejido 38, con una superficie de 3 Hectáreas 92 Áreas 59 Centiáreas.
Que, según acuerdo particionario rubricado ante escribano público corresponde a los Sres. Rolando Camilo Tardón, Anabel Tardón, Melva Elena Tardón, Fernando Tardón, Miriam Tardón y María Eva Tardón la parcela 206 con una Superficie del Sector 5 del Ejido de la Ciudad de Trevelin, de una Superficie de 3 hectáreas 92 áreas 59 centiáreas, en condominio y partes iguales.
Que, se han cumplimentado los requisitos formales establecidos mediante Ordenanzas N° 1.003/11 y N° 1.444/16.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se encuentra facultado para realizar la Adjudicación en Venta descripta.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: ADJUDICAR en Venta a los Sres. Rolando Camilo, TARDÓN, DNI N°: 12.568.819; Anabel, TARDÓN, DNI N° 5.660.305; Melva Elena, TARDÓN, DNI N° 6.427.644; Fernando, TARDÓN, DNI N° 11.354.737; Miriam, TARDÓN, DNI N° 4.891.910 y María Eva, TARDÓN, DNI N° 10.304.458 el inmueble identificado catastralmente como: Parcela 206, Circunscripción 5 del Ejido 38, de la ciudad de Trevelin, con una Superficie de 3 Hectáreas 92 Áreas 59 Centiáreas de acuerdo al Plano de Mensura N° 24550, Expediente P-152-08, protocolizado tomo 230, Folio 89 que, como ANEXO I, forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: FIJAR el valor del inmueble mencionado en el Artículo 1º, en 5.264 (CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO) MÓDULOS MUNICIPALES, resultante del quince por ciento (15%) del promedio de las valuaciones inmobiliarias y restando el uno por ciento (1%) por cada año de ocupación de la tierra adjudicada (77 años), según lo establecido en el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 1.444/16, según valores y cálculos que, como ANEXO II, forman parte integral de la presente normativa.
Artículo 3°: El Propietario deberá cumplir con todo lo establecido en la Ordenanza N° 1.953/21.
Artículo 4º: FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar los correspondientes Convenios de Pago según las condiciones de venta establecidas en las Ordenanzas N° 1.003/11 y N° 1.444/16.
Artículo 5°: El/Los adjudicatario/s en venta de Tierras Fiscales tendrá/n treinta (30) días hábiles a partir de la notificación fehaciente de dicha adjudicación para firmar el Convenio de Pago con el Poder Ejecutivo Municipal. De no cumplirse con el plazo estipulado en el Convenio de Pago, se aplicará una multa del tres por ciento (3%), calculado sobre el valor de los módulos actualizados y adeudados al momento de la cancelación, como lo establece la Ordenanza Municipal N° 1.444/16 en el Artículo 5°.
Artículo 6°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar el convenio de pago correspondiente a la operación de la presente normativa y demás actos administrativos vinculados, según lo establecido en las Ordenanzas N° 1.003/11 y N° 1.444/16, estableciendo que el propietario abonará el total del monto establecido en los Artículos 2° y 8° de la presente Ordenanza, en un plazo no mayor a 60 (SESENTA) MESES.
Artículo 7°: ESTABLECER que el monto a abonar quedará establecido en el correspondiente convenio de pago en Módulos Municipales. El valor en pesos se cuantificará al valor vigente en pesos del Módulo Municipal al momento de pago de la cuota correspondiente.
Artículo 8º: ESTABLECER que se deberá abonar el TOTAL de 1.526 (MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS) MÓDULOS MUNICIPALES en concepto de gastos administrativos (surgidos de los honorarios profesionales por las tres tasaciones inmobiliarias de ambas fracciones), según valores y cálculos que, como ANEXO III, forma parte integral de la presente Ordenanza.
Artículo 9º: DETERMINASE que deberá regularizarse la documentación correspondiente, con el Plano definitivo, ante la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento de la Municipalidad de Trevelin, de acuerdo al Proyecto de Mensura particular con deslinde y redistribución adjunto en la presente normativa.
Artículo 10º: FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio de la Parcela adjudicada, una vez aprobada la Mensura definitiva, para la cual será necesaria la cancelación total de los Convenios de Pago. Los gastos de escritura estarán a cargo del adjudicatario.
Artículo 11°: ESTABLÉCESE que, en la Escritura Pública, deberá constar lo establecido en el Artículo 4° de la Ordenanza N° 1.234/14.
Artículo 12°: ELÉVESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 13°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
HOJA 1/2
ANEXO I
Adjudicar en venta a los Sres. Rolando Camilo, TARDÓN, Anabel, TARDÓN, Melva Elena, TARDÓN, Fernando, TARDÓN, Miriam, TARDÓN y María Eva, TARDÓN el inmueble identificado catastralmente como: Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38

HOJA 2/2

HOJA 1/2
ANEXO II
Adjudicar en venta a los Sres. Rolando Camilo, TARDÓN, Anabel, TARDÓN, Melva Elena, TARDÓN, Fernando, TARDÓN, Miriam, TARDÓN y María Eva, TARDÓN el inmueble identificado catastralmente como: Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38
Cálculo del Valor a abonar en concepto de Adjudicación en Venta de la Parcela denominada catastralmente como: Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38 (Superficie de 3 Hectáreas 92 Áreas 59 Centiáreas), según promedio de tres (3) tasaciones inmobiliarias realizadas por Corredores Públicos Inmobiliarios matriculados por el Colegio de Corredores Inmobiliarios del Chubut.
Tasación inmobiliaria de la Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38 (Superficie de 3 Hectáreas 92 Áreas 59 Centiáreas).
- Tasación 1: Nelson Muze, Corredor Público Inmobiliario Titular Mat. Prov. N° 198. Nota N° 1106/24 ingresada al HCD de Trevelin. Cotización de la Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38 (Superficie de 3 Hectáreas 92 Áreas 59 Centiáreas): $ 120.520.000 (PESOS CIENTO VEINTE MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL).
- Tasación 2: Marcelo Martínez inmobiliaria y constructora, Marcelo Martínez, Martillero Publico y Corredor inmobiliario, Titular Mat. Prov. N° 24 y N° 39 respectivamente. Nota N° 1107/24 ingresada al HCD de Trevelin. Cotización de la Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38 (Superficie de 3 Hectáreas 92 Áreas 59 Centiáreas): $ 96.000.000 (PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES).
- Tasación 3: AM – Estudio Jurídico Inmobiliario, María Migueles, Titular Mat. Prov. N° 37. Nota N° 1110/24 ingresada al HCD de Trevelin. Cotización de la Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38 (Superficie de 3 Hectáreas 92 Áreas 59 Centiáreas): $ 92.430.000 (PESOS NOVENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL).
HOJA 2/2
ANEXO II
TOTAL A PAGAR EN CONCEPTO DE ADJUDICACIÓN EN VENTA de la Parcela denominada catastralmente como: Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38 (Superficie de 3 Hectáreas 92 Áreas 59 Centiáreas), según el 15% promedio de las tres (3) tasaciones inmobiliarias Y restando el 1% por cada año de ocupación de la tierra adjudicada (77 años): $ 3.552.925 (PESOS TRES MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO), según Ordenanza Municipal vigente N° 2.403/24 el valor del Módulo Municipal es de $ 675, por lo que se deberá abonar el valor equivalente al 5.264 (CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO) MÓDULOS MUNICIPALES.
HOJA 1/1
ANEXO III
Adjudicar en venta a los Sres. Rolando Camilo, TARDÓN, Anabel, TARDÓN, Melva Elena, TARDÓN, Fernando, TARDÓN, Miriam, TARDÓN y María Eva, TARDÓN el inmueble identificado catastralmente como: Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38
Costos administrativos
Honorarios a abonar por las Tasaciones inmobiliarias de la parcela denominada catastralmente como: Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38
- Tasación 1: Nelson Muze, Corredor Público Inmobiliario Titular Mat. Prov. N° 198. Nota N° 1106/24 ingresada al HCD de Trevelin, Factura N° 00001817, 26/11/24, correspondiente a la tasación de la Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38: PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($ 240.000).
- Tasación 2: Marcelo Martínez inmobiliaria y constructora, Marcelo Martínez, Martillero Publico y Corredor inmobiliario, Titular Mat. Prov. N° 24 y N° 39 respectivamente. Nota N° 1107/24 ingresada al HCD de Trevelin, Factura N° 00004116, 26/11/24, correspondiente a la tasación de la Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38: PESOS CUATROCIENTOS TREINTA MIL ($ 430.000).
- Tasación 3: AM – Estudio Jurídico Inmobiliario, María Migueles, Titular Mat. Prov. N° 37. Nota N° 1110/24 ingresada al HCD de Trevelin, Factura N° 00000176, 26/11/24, correspondiente a la tasación de la Parcela 206, Sector 5, Circunscripción 5, Ejido 38: PESOS trescientos sesenta mil ($ 360.000).
TOTAL, A PAGAR EN CONCEPTO DE GASTOS ADMINISTRATIVOS SURGIDOS DE LOS HONORARIOS PROFESIONALES POR LAS TRES TASACIONES INMOBILIARIAS DE LA FRACCIÓN: PESOS UN MILLÓN TREINTA MIL ($ 1.030.000), según Ordenanza Municipal vigente N° 2.403/24 el valor del módulo municipal es de $ 675, por lo que se deberá abonar el valor equivalente al TOTAL de 1.526 (MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS) MÓDULOS MUNICIPALES.