ORDENANZA N° 2.407/24

Ratificar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicio celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M) y el Sr. Velázquez, Leandro Damián

VISTO:

                        La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Nota N° 933/24 ingresada a este Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Comisión de Legislación General N° 410/24; Y

CONSIDERANDO:

                                    Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                    Que, mediante Nota N° 933/24 del HCD, el poder Ejecutivo Municipal eleva a este Honorable Concejo Deliberante el Contrato de Locación de Servicio del Sr. Velázquez, Leandro Damián para su ratificación.

                                   Que, el Contrato de Locación de Servicio fue rubricado el 1 de octubre del año 2.024 entre el Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M), representado por el intendente Sr. Héctor Ricardo Ingram, D.N.I N° 22.525.081 y el Sr. Velázquez, Leandro Damián, D.N.I N° 32.086.126.

                                   Que. el Contrato mencionado precedentemente tiene como objetivo contratar el servicio de recolección de residuos verdes en el ejido urbano de la localidad de Trevelin.

                                   Que, el Contrato, forma parte integrante de la presente Ordenanza, como ANEXO I.

                                   Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                                   El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Trevelin y sus parajes, en usos de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: RATIFICAR en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicio rubricado el 1 de octubre del año 2.024 entre el Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M), representado por el intendente Sr. Héctor Ricardo Ingram, D.N.I N° 22.525.081 y el Sr. Velázquez, Leandro Damián, D.N.I N° 32.086.126. el cual, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2°: ELEVAR la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

HOJA 1/5 – ANEXO I

HOJA 2/5 – ANEXO I

HOJA 3/5 – ANEXO I

HOJA 4/5 – ANEXO I

HOJA 5/5 – ANEXO I

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