Otorgar Exención al Pago de Impuesto Automotor a los Bomberos Voluntarios: Delgado, Allen Pedro y Carvajal, Diego Matías
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza N° 2.350/24, la Nota N° 773/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; el Despacho de Comisión de Desarrollo Social N° 301/24; Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, en un mismo tenor la normativa mencionada precedentemente faculta al Honorable Concejo Deliberante a legislar en materia tributaria.
Que, la Ordenanza N° 2.350/24, establece el Marco Regulatorio para el Otorgamiento de Exenciones Impositivas sobre Inmueble, Automotor y Licencia de Conducir de Bomberas y Bomberos Voluntarios de Trevelin.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.350/24, otorgó la Exención del pago de Impuesto, Automotor al Bombero Voluntario: DELGADO ALLEN, PEDRO JUAN, D.N.I N° 33.770.762, al vehículo identificado como: GN 125 H, Modelo 2014, Dominio 051KDK en un 100 % (CIEN POR CIENTO).
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.350/24, otorgó la Exención del pago de Impuesto, Automotor al Bombero Voluntario: CARVAJAL, DIEGO MATÍAS, D.N.I N° 37.699.973, al vehículo identificado como: Astra GL 2.0, Modelo 2008, Dominio: HQS126 en un 100 % (CIEN POR CIENTO).
Que, mediante Nota N° 773/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin se solicita el cambio de automotor de los beneficiarios; DELGADO ALLEN, PEDRO JUAN, D.N.I N° 33.770.762 y CARVAJAL, DIEGO MATÍAS, D.N.I N° 37.699.973.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: DAR DE BAJA el beneficio de Exención Impositiva sobre el automotor identificado como GN 125 H, Modelo 2014, Dominio 051KDK del ANEXO I, hoja 3 de la Ordenanza Municipal N° 2.350/24.
Artículo 2º: DAR DE BAJA el beneficio de Exención Impositiva sobre el automotor identificado como: Astra GL 2.0, Modelo 2008, Dominio: HQS126 del ANEXO I, hoja 3 de la Ordenanza Municipal N° 2.350/24.
Artículo 3º: OTORGAR el beneficio de Exención del pago de Impuesto Automotor al Bombero Voluntario: DELGADO ALLEN, PEDRO JUAN, D.N.I N° 33.770.762, sobre el vehículo identificado como: VOLKSWAGEN GOL TREND TRENDLINE 1.6 GAS 101CV MQ, Modelo 2019, Motor CFZU05668, Dominio AD835FT en un 100 % (CIEN POR CIENTO), a partir del día 15 de agosto del 2.024.
Artículo 4º: OTORGAR el beneficio de Exención del pago de Impuesto Automotor al Bombero Voluntario: CARVAJAL, DIEGO MATÍAS, D.N.I N° 37.699.973, al vehículo identificado como: VOLKSWAGEN AMAROK 2.0L TDI 4X4 1HP, Modelo 2010, Motor CDC002268, Dominio IVW864 en un 100 % (CIEN POR CIENTO), a partir del día 15 de agosto del 2.024.
Artículo 5º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Hacienda, a los beneficiarios, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 6°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.