Aprobar el listado de Beneficiarias y Beneficiarios de Becas Deportivas Municipales 2.024
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza N° 1.427/16; las Notas N° 778/24 y N° 791/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante; el Acta N° 16/24 del Libro de Actas de la Comisión de Becas del Honorable Concejo Deliberante y el Despacho de Comisión de Desarrollo Social N° 272/24; Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ordenanza N° 1.427/16, establece el otorgamiento de diez (10) Becas a deportistas individuales no profesionales de Trevelin y sus parajes, que se destaquen por sus resultados y trayectoria en competencias deportivas.
Que, mediante Nota N° 778/24, ingresan documentación y postulantes para las Becas Deportivas Municipales 2.024.
Que, mediante Nota N° 791/24 ingresan certificación de participación en el Torneo de Internacional “Copa de Campeones” de DI NONNO, CLARA LIHUEN, D.N.I N° 48.746.739 obteniendo primeros puestos en la disciplina de Taekwondo, y anexan Curriculum Vitae.
Que, según Acta N° 16/24 del Libro de Actas de la Comisión de Becas del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin y sus Parajes, se analizan las solicitudes de Becas Deportivas, brindada por la Secretaría de Deportes y Recreación, resolviendo aprobar las Becas Deportivas a los y las beneficiarias que constan en el ANEXO I de la presente Ordenanza.
Que, es política del Gobierno Municipal fomentar y promover el Deporte en todas sus disciplinas, como estilo de vida saludable y sana promoción de la competencia en los ámbitos de incumbencia.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: ESTABLECER como ANEXO I el listado de beneficiarios y beneficiarias de las BECAS DEPORTIVAS MUNICIPALES 2.024, según Ordenanza 1.427/16.
Artículo 2º: DETERMINAR que las Becas se otorgarán durante un período de SEIS (6) MESES a partir del mes de julio de 2.024 y hasta el mes de diciembre de 2.024, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 5° de la Ordenanza N° 1.427/16.
Artículo 3°: ELEVAR copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Hacienda, a la Secretaría de Deportes y Recreación, y las personas beneficiarias de la presente, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
HOJA 1/1
ANEXO I
LISTADO DE BENEFICIARIAS Y BENEFICIARIOS DE BECAS DEPORTIVAS MUNICIPALES 2.024
APELLIDO Y NOMBRE | D.N.I N° | DISCIPLINA |
DI NONNO, CLARA LIHUEN | 48.746.739 | TAEKWONDO |
IBARRA DÍAZ, MATEO VALENTINO | 49.454.583 | PENTATLON MODERNO/NATACIÓN |
DÍAZ VARELA, LEÓN MÁXIMO | 49.716.389 | ESGRIMA |
JARAMILLO, ARWEN EILEEN | 49.128.234 | CICLISMO |
CÁRDENAS, MARCOS SAID | 50.792.635 | ESGRIMA |