Aprobar el listado de Beneficiarias y Beneficiarios de Becas Culturales Municipales 2.024
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza Municipal N° 1.995/22; la Nota N° 715/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante; el Acta N° 15/24 del Libro de Actas de Becas del Honorable Concejo Deliberante y el Despacho de Comisión de Desarrollo Social N° 266/24; Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, mediante Ordenanza Nº 1.995/22 el Honorable Concejo Deliberante crea el Fondo Municipal BECAS CULTURAL, el cual tiene como fin ayuda económica a los Ciudadanos y Ciudadanas de Trevelin y sus Parajes, quienes se capaciten en materia Cultural.
Que, mediante Nota N° 715/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante ingresó la solicitud de becas culturales.
Que, acorde lo reglamentando mediante Ordenanza N° 1.995/22, Artículo 8°, el aporte entregado en concepto de BECA es de carácter anual, liquidándose lo pagos de forma mensual, durante los meses de julio a diciembre; pagándose retroactivo al mes de agosto y, posteriormente, se avanzará con el pago mensual de septiembre a diciembre.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: APROBAR el listado de beneficiarias y beneficiarios de “Beca Culturales Municipales 2.024”, el cual como ANEXO I forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: DETERMINAR que las Becas Culturales Municipales se otorgarán desde el mes de julio hasta el 31 de diciembre de 2.024. La misma será abonada de forma mensual, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 8° de la Ordenanza N° 1.995/22.
Artículo 3º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Hacienda, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 4º Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
HOJA 1/1
ANEXO I
LISTADO DE BENEFICIARIAS Y BENEFICIARIOS DE BECAS CULTURALES MUNICIPALES 2.024
APELLIDO Y NOMBRE | D.N.I N° | ACTIVIDAD |
ALMENDRA, DANIELA BEATRÍZ | 28.019.022 | CAPACITACIÓN PARA DOCENTES Y KIMELTUCHEFE – NIVEL 1 |
ORELLANA, MAITE LUCERO | 45.107553 | ESTUDIANTE DE LICENCIATURA EN MÚSICA |
NAVARRO, SELENE BELISA | 39.443.036 | ESTUDIANTE PROFESORADO DE ARTES VISUALES |
GUITIÉRREZ, BRIAN LEONARDO | 48.528.090 | ESTUDIANTE DE DANZAS FOLCLÓRICAS ARGENTINAS |
INFANTE FLORES, VALENTINA LIHUEN | 54.317.540 | ALUMNA TALLER DE ACORDEON |
TUSANOTTE, SARA ISABELLA | 51.196.637 | ESTUDIANTE DE DANZAS FOLCLÓRICAS ARGENTINAS |
MARIPÁN, MAXIMA NATALIA | 44.084.797 | ESTUDIANTE DE DANZAS FOLCLÓRICAS |
QUILAQUEO, LUCIANA | 45.107.579 | ALUMNA TALLER DE GUITARRA |
ROCHA, ERICA SOLEDAD | 29.012.164 | ESTUDIANTE TALLER DE TELAR MAPUCHE |
FLORES, MARCOS ALEJANDRO | 38.609.890 | ESTUDIANTE PROFESORADO DE MÚSICA |