«APRUEBA ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO DE FERIANTES DE LA «FERIA DE ARTESANOS ALFARERO FERNANDO GARRALDA«
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; las Ordenanzas Municipales N° 2.236/23 y N° 2.281/24, la nota ingresada bajo número N° 753/24 de mesa de entrada del HCD; el Acta N° 10/24 del Libro de Actas de Comisiones Permanentes, Especiales y de Receso del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Articulo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.236/23, Declara la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” Patrimonio Cultural e Histórico de la Municipalidad de Trevelin y establece sus normas de funcionamiento.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.236/23, en su Artículo 28° establece que la Comisión Fiscalizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” elaborará y mantendrá actualizado el Registro de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” en los términos establecidos en el Anexo II de dicha Ordenanza Municipal.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.281/24 aprueba el Registro de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” establecido en la Ordenanza Municipal N° 2.236/23 y determina que el mismo deberá ser actualizado en su totalidad en los términos y plazos establecidos en la Ordenanza N° 2.236/23.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.236/23, en su Artículo 33° establece que “Todos los Feriantes Permanentes, Transitorios e Invitados deberán confirmar anualmente su participación para la siguiente temporada alta ferial, entre el 01 y el 30 de Julio de cada año. Caso contrario serán dados de baja del Registro de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, perdiendo todo derecho a participar en la mencionada feria”.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.236/23, en su ANEXO II, inciso 2.11 determina el procedimiento a seguir por parte de la Comisión Fiscalizadora para realizar las recategorizaciones y bajas pertinentes y aprobar los nuevos ingresos, que constituyen la actualización requerida del Registro de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.236/23, en su ANEXO II, inciso 2.15 establece que la Comisión Fiscalizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” deberá “Elevar al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el Registro actualizado de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” entre el 11 y el 20 de Agosto de cada año, luego de evaluada la confirmación de asistencia a la siguiente temporada alta ferial por parte de los feriantes inscriptos en dicho registro, y los nuevos ingresos incorporados en la Jornada Anual de inscripción” y que “El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin aprobará el Registro actualizado de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” mediante el instrumento administrativo y legal pertinente.”
Que, la Comisión Fiscalizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” ha elevado, mediante nota ingresada bajo número N° 753/24 de mesa de entrada del HCD, la correspondiente actualización del Registro de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” para su aprobación por parte de este Honorable Concejo Deliberante en concordancia con lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 2.236/23.
Que, es necesaria la aprobación de este instrumento a fin de dar continuidad a los procedimientos anuales establecidos en la Ordenanza Municipal N° 2.236/23.
Que, la Comisión Fiscalizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” solicita al Honorable Concejo Deliberante el nombramiento como Feriante Honoraria de la Sra. María Elena Huichulef, teniendo en cuenta que fue la primer persona en vender productos realizados por ella en la Plaza Cnel. Fontana y formó parte del grupo de personas que conformaron los orígenes de la, hoy, Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, participando en ella de forma ininterrumpida hasta la actualidad en que, en la medida que su avanzada edad lo permite, continúa asistiendo con su producción de forma esporádica, acompañando a sus hijos, que también son miembros de la feria.
Que, al Artículo N° 26 de la Ordenanza Municipal N° 2.236/23 establece que “Para todo aquello que no haya sido específicamente determinado por la presente Ordenanza, el máximo órgano de gobierno será el Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, quien cuenta con plenas facultades para establecer disposiciones en todo lo que afecte directa o indirectamente a la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: APROBAR lo actuado por la Comisión Fiscalizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” desde el 01 de Julio hasta el 15 de agosto del corriente año, en lo que respecta las instancias necesarias para la actualización del Registro de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”.
Artículo 2°: APROBAR la actualización del Registro de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente. Dicho Registro deberá ser actualizado por la Comisión Fiscalizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” en los términos y plazos establecidos en la Ordenanza N° 2.236/23.
Artículo 3°: APROBAR la Lista de Espera que como Anexo II forma parte Integrante de la presente Ordenanza. Dicha Lista de Espera incluye a aquellos postulantes que han aprobado la instancia de fiscalización pero que no cuentan con cupos disponibles, tal como establece la Ordenanza N° 2.236/23 en su Anexo II punto 3.12. La misma deberá ser actualizado por la Comisión Fiscalizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” en los términos y plazos establecidos en la Ordenanza mencionada.
Artículo 4°: APROBAR el Padrón de Feriantes Permanentes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, que como Anexo III forma parte integrante de la presente. Dicho Padrón deberá ser actualizado por la Comisión Fiscalizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” en los términos y plazos establecidos en la Ordenanza N° 2.236/23.
Artículo 5°: APROBAR el informe de bajas del Registro de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, de acuerdo a las condiciones establecidas en la Ordenanza Municipal N° 2.236/23, que como Anexo IV forma parte de la presente Ordenanza.
Quienes forman parte del informe de bajas dejan de formar parte del Registro de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, perdiendo todo derecho a participar en la mencionada feria en calidad de feriantes permanentes, transitorios o invitados, pudiendo participar de la misma en calidad de feriantes visitantes, tal como establece la normativa vigente. Así mismo, mantendrán su número de legajo personal y podrán participar de las Jornadas Anuales de Inscripción de Feriantes que se realicen en lo sucesivo, en los términos y plazos establecidos en la Ordenanza N° 2.236/23.
Artículo 6°: La Comisión Fiscalizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” emitirá las correspondientes Constancias de Autorización de Participación en la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” a los Feriantes que forman parte del Registro de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente. Dichas Constancias de Autorización tendrán validez hasta la próxima actualización del Registro de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, a realizarse en los términos y plazos establecidos en la Ordenanza N° 2.236/23.
Artículo 7°: NOMBRAR “Feriante Honoraria de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, a la Sra. María Elena Huichulef, quien asiste a la misma de forma esporádica con su producción, acompañando a sus hijos que son Feriantes Permanentes.
Artículo 8°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, y a las Comisiones Organizadora y Fiscalizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, para su conocimiento y efectos correspondientes.
Artículo 9°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.
HOJA 1/8
ANEXO I
Registro de Feriantes 2024/2025 de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”
HOJA 2/8
HOJA 3/8
HOJA 4/8
HOJA 5/8
HOJA 6/8
HOJA 7/8
HOJA 8/8