ORDENANZA N° 2.364/24

«RATIFICA EN TODOS SUS TÉRMINOS LA RESOLUCIÓN N° 2024-0278 DEL D.E.M. ACTUALIZACIÓN DEL VALOR DEL MÓDULO MUNICIPAL»

VISTO:

                    La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; las Ordenanzas Municipales N° 2.233/23, N° 2.297/24; la Nota N° 609/24 ingresada a este Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Legislación General N° 258/24; Y

CONSIDERANDO:

                              Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales faculta a los Municipios a regular la actividad comercial en el ámbito de sus ejidos.

                               Que, la Ordenanza Municipal N° 2.233/23 en el Artículo 97° establece el Valor del Módulo Municipal en: UN (1) MÓDULO equivalente a PESOS DOSCIENTOS NOVENTA ($290).

                              Que, la Ordenanza Municipal N° 2.297/24 se ratificó la Resolución N° 2.024-0204 del D.E.M: actualización del valor del Módulo Municipal.

                              Que, mediante nota N° 609/24 del HCD, se eleva a este Honorable Concejo Deliberante la Resolución N° 2024-0278 del D.E.M, a través de la cual se fija un nuevo valor del Módulo Municipal en PESOS QUINIENTOS CUARENTA ($540,00) a partir del 01 de julio de 2.024.

                              Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                              El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Trevelin y sus parajes, en usos de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: RATIFICAR en todos sus términos la Resolución N° 2024-0278 del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM); a través de la cual fija el valor del Módulo Municipal en PESOS QUINIENTOS CUARENTA ($ 540,00) a partir del 01 de julio de 2.024; la cual, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo 2°: ELEVAR la presente al Departamento Ejecutivo Municipal; a la Secretaría de Hacienda, y a la Cooperativa 16 de octubre Limitada para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese.

HOLA 1/3

ANEXO I

HOLA 1/2

ANEXO I

HOLA 3/3

ANEXO I

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