«OTORGAR EXENCIÓN A LA TASA MUNICIPAL POR EMISIÓN DE HABILITACIÓN PARA LA LICENCIA DE CONDUCIR VEHÍCULOS A CHOFERES DE LA BASE DE BRIGADISTAS DE TREVELIN PARA EL AÑO 2.024»
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza N° 1.436/16; la nota N° 617/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Comisión de Hacienda N° 251/24; Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ordenanza N° 1.436/16, establece en el Artículo 219° que: Por el trámite de emisión y habilitación para conducir vehículos gestionados ante la Municipalidad de Trevelin, se abonarán los importes establecidos en la Ordenanza Impositiva Anual.
Que, mediante nota N° 617/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, se solicita la Exención de la Tasa Municipal por Emisión de Habilitación para la Licencia de Conducir Vehículos a Choferes de emergencia pertenecientes a la Base del Servicio Provincial del Manejo del Fuego de Trevelin.
Que, es intención de este Honorable Concejo Deliberante dar respuesta favorable a la solicitud realizada, ante la importancia del trabajo que realizan dichos agentes del Servicio Provincial del Manejo del Fuego, Base Trevelin y teniendo en cuenta que estos vehículos están destinados a la atención de emergencias en nuestra localidad.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: OTORGAR Exención Impositiva en un CIEN POR CIENTO (100%), a la Tasa Municipal por Emisión de Habilitación para la Licencia de Conducir Vehículos a Choferes de emergencia pertenecientes a la Base del Servicio Provincial del Manejo del Fuego de Trevelin según lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 1.436/16, en el ANEXO I Capitulo X del Artículo 219°, a los beneficiarios que se detallan en el ANEXO I que forma parte de la presente, para la emisión de la Licencia de Conducir correspondiente al año 2.024.
Artículo 2º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaria de Bromatología y Transito, a la Secretaria de Hacienda y a los solicitantes, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.
HOJA 1/1
ANEXO I
Beneficiarios de la Exención Impositiva en un CIEN POR CIENTO (100%), a la Tasa Municipal por Emisión de Habilitación para la Licencia de Conducir Vehículos, para los Choferes de la Base del Servicio Provincial del Manejo del Fuego de Trevelin
APELLIDO Y NOMBRE | D.N.I N° |
GERMILLAC, GERMÁN | 30.589.682 |
EVANS, HUGO | 31.334.072 |
HIDALGO, LEANDRO | 34.154.687 |
UNDERWOOD, MAXIMILIANO | 35.154.687 |