Aceptar oferta presentada por el Sr. Gerardo, Julián
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; y las Ordenanzas N° 1.604/18 y N° 1.638/18; el Expediente N° 42/14 del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; y el Despacho de Comisión de Tierras Fiscales N° 237/24; Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30°, establece que corresponde al Concejo Deliberante en el ejercicio de sus facultades constitucionales, sanciona las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, en un mismo tenor la normativa mencionada precedentemente faculta al Honorable Concejo Deliberante a legislar en materia de tierra fiscal.
Que, mediante Ordenanza N° 1.604/18, se le adjudicó en venta al Sr. GERARDO, JULIÁN, D.N.I N° 10.140.198, el inmueble identificado catastralmente como PARCELA 395, SECTOR 5, CIRCUNSCRIPCIÓN 5, EJIDO 38, con una superficie de 36Ha 35a 38ca, de acuerdo al Plano de Mensura Nº 32366, Expediente P-897-16, protocolizado al Tomo 304, Folio 42.
Que, mediante Ordenanza N° 1.604/18 fija el valor del inmueble mencionado en el Artículo 2°: en pesos seiscientos cuarenta y dos mil cuatrocientos veintiocho ($ 642.428, 00), resultante del quince por ciento (15%) del promedio de las valuaciones inmobiliarias y restando el uno por ciento (1%) por cada año de ocupación de la tierra adjudicada (conforme constancia a Fs. 09-10, Expediente N° 42/14 del Honorable Concejo Deliberante), según lo establecido en el Artículo 3° de la Ordenanza N° 1.444/16.
Que, mediante Ordenanza N° 1.638/18, se le adjudicó en venta al SR. GERARDO, JULIÁN, D.N.I N° 10.140.198, el inmueble identificado catastralmente como PARCELA 90, SECTOR 5, CIRCUNSCRIPCIÓN 5, EJIDO 38, con una superficie de 14 Ha 45 a 56 ca, de acuerdo al Plano de Mensura Nº 19707.
Que, mediante Ordenanza N° 1.638/18, fija el valor del inmueble mencionado en el Artículo 2º: en pesos cuatrocientos sesenta y ocho mil doscientos sesenta y nueve con cuarenta y cinco centavos ($ 468.269,45), resultante del quince por ciento (15%) del promedio de las valuaciones inmobiliarias y restando el uno por ciento (1%) por cada año de ocupación de la tierra adjudicada (conforme constancia a Fs. 09-10, Expediente N° 42/14 del Honorable Concejo Deliberante), según lo establecido en el Artículo 3° de la Ordenanza N° 1.444/16.
Que, mediante nota N° 311/24 el SR. GERARDO, JULIÁN, D.N.I N° 10.140.198, detalla los montos abonados, especificados mediante la Ordenanza N° 1.604/18 y explica la situación social que padece, por la cual no puede continuar abonando las cuotas restantes y su actualización.
Que, mediante nota HCD N° 242/23, la Comisión de Tierra Fiscales solicitó a la Secretaria de Hacienda información de Convenio de Pago, Cuotas Pagas y Deuda Actual que posee el SR. GERARDO, JULIÁN, D.N.I N° 10.140.198, en relación a la adjudicación en venta otorgada mediante Ordenanza N° 1.604/18.
Que, mediante nota N° 604/23, la Secretaria de Hacienda brindó respuesta y adjuntó detalle de los pagos realizados por SR. GERARDO, JULIÁN, respecto a la adjudicación en venta de la tierra fiscal mediante Ordenanza N° 1.604/18. Por 13.382,64 (TRECE MIL TRECIENTOS OCHENTA Y DOS CON SESENTA Y CUATRO) Módulos abonados y 22.307,80 (VEINTIDÓS MIL TRECIENTOS SIETE CON OCHENTA) Módulos adeudados.
Que, en las Ordenanzas N° 1. 604/18 y N° 1.638/18 autorizan al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la opción del pago en hasta sesenta (60) cuotas, transformando el importe total de la venta a módulos, la que será actualizada cada cuatro (4) meses, surgiendo de mencionada actualización los nuevos importes de las cuotas a percibir.
Que, mediante nota N° 311/24 el SR. GERARDO, JULIÁN, D.N.I N° 10.140.198, manifiesta voluntad de pago y realiza una oferta por un importe de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS ($1.500.000), para tener por cancelado el pago del inmueble adjudicado en venta mediante Ordenanza N° 1.604/18.
Que, mediante nota N° 553/24, el Asesor Legal del Honorable Concejo Deliberante, emitió opinión técnica.
Que, mediante nota N° 457/24 se solicitó encuesta socioeconómica al SR. JULIÁN, GERARDO, D.N.I N° 10.140.198 a la Secretaria de Desarrollo Social de la Municipalidad de Trevelin.
Que, mediante nota N° 754/24 la Secretaria de Desarrollo Social de la Municipalidad de Trevelin ingresó encuesta socioeconómica solicitada.
Que, considerando la particular situación económica del grupo familiar, este Cuerpo Legislativo considera pertinente aceptar la propuesta de pago, cancelando en forma total los importes establecidos en las Ordenanzas Municipales N° 1.604/18 y N° 1.638/18.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: ACEPTAR la oferta realizada por el SR. GERARDO, JULIÁN, D.N.I N° 10.140.198, mediante Nota N° 311/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante, por un importe de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($1.500.000); y pagaderos en una sola cuota para tener por cancelado en forma total los importes generados por las “adjudicaciones en venta de los inmuebles”, establecidos en las Ordenanzas Municipales N° 1.604/18 y N° 1.638/18.
Artículo 2º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Hacienda y al beneficiario, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese