ORDENANZA N° 2.354/24

Condonar deuda y Otorgar Exención impositiva por Veterano de Malvinas

VISTO:      

            La Ley XVI N° 46; las Ordenanzas Municipales N° 1.436/16, N° 1.619/18 y N° 2.072/22; la Nota N° 588/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; el Despacho de Comisión de Desarrollo Social N° 225/24; Y

CONSIDERANDO:

                                   Que, la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales faculta al Honorable Concejo Deliberante a legislar en Materia Tributaria.

                                   Que, mediante Ordenanza N° 1.436/16 se aprueba el Código Tributario Municipal.

                                   Que, mediante Ordenanza N° 1.619/18, se establece el marco regulatorio para el otorgamiento de exención impositiva a Ex Combatientes de Malvinas.

                                   Que, mediante Ordenanza Municipal N° 2.072/22, se modifica el Art. 3° de la Ordenanza Municipal N° 1.619/18.

                                   Que, se ha cumplimentado el procedimiento administrativo determinado en el Artículo 6° de la Ordenanza N° 1.619/18.

                                   Que, mediante Nota N° 588/24, el SR.  MIELNIK, SERGIO VICTOR, D.N.I N° 14.777.615, solicita exención impositiva sobre automotor e inmobiliario por Veterano de Malvinas y presenta documentación sobre el inmueble denominado catastralmente como: Ejido 38, Circunscripción 5, Sector 3, Manzana 10, Parcela 9.

                                   Que, mediante Despacho de Comisión de Desarrollo Social N° 225/24 del Honorable Concejo Deliberante, se ha determinado la exención impositiva municipal sobre inmueble y condonación de deuda generada.

                                   Que, el Cuerpo Legislativo de este Honorable Concejo Deliberante se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                       El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: CONDONAR la deuda generada sobre el inmueble denominado catastralmente como: Ejido 38, Circunscripción 5, Sector 3, Manzana 10, Parcela 9 a partir del 01 de enero de 2.024 hasta el 18 de junio de 2.024.

Artículo 2°: OTORGAR la exención impositiva en un cien por ciento (100%) a partir del 19 de junio de 2.024 hasta el 31 de diciembre de 2.024 que en concepto de impuesto inmobiliario recae en el siguiente inmueble:

APELLIDO Y NOMBRE D.N.I N° NOMINACIÓN CATASTRAL
MIELNIK, SERGIO VICTOR 14.777.615 38-5-3-10-9

Artículo 3°: RENOVAR anualmente, mediante Ordenanza Municipal, previa presentación de la documentación requerida en el Art. 6, inciso c, de la Ordenanza N° 1619/18.

Artículo 4°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Hacienda y al beneficiario, para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 5°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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