Otorgar Exención Impositiva de Inmueble por Septuagenario
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; las Ordenanzas N° 1.976/21, N° 2.233/23, N° 2.116/23 y N° 2.249/23; las nota N° 159/24, N° 370/24, N° 392/24, 451/24, N° 492/24, N° 934/23 y N° 943/23; y los Despachos de Comisión de Desarrollo Social N° 163/24, N° 189/24 y N° 192/24; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, según la Ordenanza N° 1.976/21, establece el beneficio de exención impositiva inmobiliaria y vehicular para personas que padezcan capacidades psicofísicas disminuidas y trasplantados.
Que, mediante Ordenanza N° 2.233/23, establece en el artículo 17º que: Conforme lo prescribe el Anexo I, artículo 109°, inc. g de la Ordenanza N 1.436/16 (Modificada por Ordenanza Municipal N° 2.222/23, art. 1°), se fija el valor fiscal de la propiedad en VEINTIDOS MIL MÓDULOS (22.000) y un ingreso mensual inferior a MIL MÓDULOS (1.000) como requisitos para la tramitación de la exención del 100% (CIEN POR CIENTO) del Impuesto Inmobiliario. Queda establecido que, superados los límites antes mencionados, la exención del Impuesto Inmobiliario será del 50% (CINCUENTA POR CIENTO).
Que, mediante Ordenanza N° 2.249/23, se otorgó el beneficio de exención impositiva inmobiliaria por septuagenario a la SRA GALLARDO, ELENA, D.N.I: N° F3.598.386.
Que, mediante nota N° 392/24, la SRA GALLARDO, ELENA, D.N.I: N° F3.598.386, ingresa Valuación Fiscal del inmueble denominado catastralmente como Ejido 38, Circunscripción 1, Sector 1, Manzana 45, Parcela 14.
Que, mediante nota N° 492/24, la SRA GALLARDO, ELENA, D.N.I: N° F3.598.386, ingresa Certificado de supervivencia.
Que, mediante Ordenanza N° 2.116/23, se otorgó el beneficio de exención impositiva inmobiliaria por septuagenario a la SRA TORRES, RAQUEL, D.N.I: N° F4.891.962.
Que, mediante nota N° 159/24, la SRA. TORRES, RAQUEL, D.N.I: N° F4.891.962, ingresa Certificado de Superveniencia para la renovación de exención impositiva por Septuagenario.
Que, mediante notas N° 370/24 y 451/24, la SRA. TORRES, RAQUEL, D.N.I: N° F4.891.962, ingresa Certificado de Valuación Fiscal, sobre el inmueble denominado catastralmente como Ejido 38, Circunscripción 1, Sector 2, Manzana 44, Parcela 17.
Que, mediante nota N° 934/23, la SRA. COLIPAN, JUANA, DNI: 14.811.329, solicita excepción de impuestos por Septuagenario para el inmueble denominado catastralmente como: Ejido 38, Circunscripción 1, Sector 1, Manzana 76, Parcela 9 y presenta documentación.
Que, mediante nota N° 943/23, el SR. DÍAZ, JUAN PLACIDO, DNI: 10.834.963, solicita excepción de impuestos por Septuagenario para el inmueble denominado catastralmente como: Ejido 38, Circunscripción 1, Sector 2, Manzana 62, Parcela 5 y presenta documentación.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: OTORGAR la exención impositiva en concepto de Impuesto Inmobiliario que recae en las personas, que se detallan en los ANEXOS I, II, III y IV.
Artículo 2°: La persona beneficiada de la Exención Impositiva por Septuagenario deberá presentar ante el Honorable Concejo Deliberante el Certificado de Supervivencia emitido por la dependencia de la Policía del Chubut o Registro Civil de la Ciudad de Trevelin, una vez al año, entre el 1 de enero y el 1 de marzo para su constatación.
Artículo 3º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal y al beneficiario de la exención impositiva, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.
ANEXO I
Otorgar Exención Impositiva de Inmueble por Septuagenario
Por un cien por ciento (100%) a partir del 10 de abril de 2.024 que en concepto de Impuesto Inmobiliario recaeen la persona e inmueble que se detallan a continuación:
APELLIDO Y NOMBRE | TIPO Y N° DE DOCUMENTO | NOMENCLATURA CATASTRAL |
GALLARDO, ELENA | D.N.I: N° F3.598.386 | 38-1-1-45-14 |
ANEXO II
Otorgar Exención Impositiva de Inmueble por Septuagenario
Por un cien por ciento (100%) a partir del 23 de enero de 2.024 que en concepto de Impuesto Inmobiliario recaeen la persona e inmueble que se detallan a continuación:
APELLIDO Y NOMBRE | TIPO Y N° DE DOCUMENTO | NOMENCLATURA CATASTRAL |
TORRES, RAQUEL | D.N.I: N° F4.891.962 | 38-1-2-44-17 |
ANEXO III
Otorgar Exención Impositiva de Inmueble por Septuagenario
Por un cien por ciento (100%) a partir del 06 de diciembre de 2.023 que en concepto de Impuesto Inmobiliario recaeen la persona e inmueble que se detallan a continuación:
APELLIDO Y NOMBRE | TIPO Y N° DE DOCUMENTO | NOMENCLATURA CATASTRAL |
COLIPAN, JUANA | D.N.I: N° 14.811.329 | 38-1-1-76-9 |
ANEXO IV
Otorgar Exención Impositiva de Inmueble por Septuagenario
Por un cien por ciento (100%) a partir del 12 de diciembre de 2.023 que en concepto de Impuesto Inmobiliario recaeen la persona e inmueble que se detallan a continuación:
APELLIDO Y NOMBRE | TIPO Y N° DE DOCUMENTO | NOMENCLATURA CATASTRAL |
DÍAZ, JUAN PLACIDO | D.N.I: N° 10.834.963 | 38-1-2-62-5 |