Ratificar en todos sus términos el Convenio N° 1769/22 celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) y la Administración de Vialidad Provincial (AVP)
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; el Convenio N° 1769/2022; el Expediente N° 063/2023 de la Dirección de Pavimento Urbano de la Administración de Vialidad Provincial; la Nota N° 480/24 ingresada a este Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Legislación General N° 148/24; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30°, establece que corresponde al Concejo Deliberante en el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales faculta a los Municipios a regular la actividad comercial en el ámbito de sus ejidos.
Que, mediante nota N° 480/24 del HCD, el Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M) eleva a este Honorable Concejo Deliberante el Convenio Celebrado entre el DEM y la Administración de Vialidad Provincial (APV) para conocimientos y efectos pertinentes.
Que, el Convenio N° 1769/2022, celebrado en la ciudad de Trevelin el cinco de diciembre del año 2.022 entre la Administración de Vialidad Provincial representada por su Presidenta la Ing. Cynthia Gelvez Larcher y la Municipalidad de Trevelin representada por el Intendente, Héctor Ricardo Ingram.
Que, el Convenio N° 1769/2022, establece que la Municipalidad de Trevelin pavimentará con adoquines de hormigón provistos por la Planta de Pavimento Urbano de la APV, las Calles 1) 25 de Noviembre e/ Rio Corinto y Ap-Iwan 2) Av. Coronel Fontana e/ Jhon Daniel Evans y Libertad 3) Jhon Daniel Evans e/ Av. Coronel Fontana y 13 de Diciembre, con uno superficie total de 3.650 m2.
Que, el Convenio N° 1769/2022, establece que la AVP proveerá de acuerdo a la disponibilidad, a la Municipalidad de Trevelin ciento cuarenta y seis mil (146.000) adoquines de hormigón puestos en la Fábrica de Trevelin.
Que, el Convenio N° 1769/2022, establece que la Municipalidad de Trevelin se hará cargo del transporte, movimiento de suelo y mano de obra para la colocación de los adoquines.
Que, el Convenio N° 1769/2022, establece que la Municipalidad de Trevelin aportará mensualmente y en treinta y seis (36) cuotas consecutivas el valor de ciento cuarenta y seis mil (146,000) adoquines que demanda la realización de dicha obra, a partir de la firma del presente Convenio.
Que, el Convenio N° 1769/2022, forma parte de la presente como ANEXO I.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Trevelin y sus parajes, en usos de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: RATIFICAR en todos sus términos el Convenio N° 1769/2022, celebrado en la ciudad de Trevelin el cinco de diciembre del año 2.022 entre la Administración de Vialidad Provincial representada por su Presidenta la Ing. Cynthia Gelvez Larcher y la Municipalidad de Trevelin representada por el Intendente, Héctor Ricardo Ingram.
Artículo 2°: ELEVAR la presente al Departamento Ejecutivo, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese.
HOLA 1/3 – ANEXO I
Ratificar en todos sus términos el Convenio N° 1769/22 celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) y la Administración de Vialidad Provincial (AVP)
HOLA 2/3 – ANEXO I
Ratificar en todos sus términos el Convenio N° 1769/22 celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) y la Administración de Vialidad Provincial (AVP)
HOLA 3/3 – ANEXO I
Ratificar en todos sus términos el Convenio N° 1769/22 celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) y la Administración de Vialidad Provincial (AVP)