Ratificar en todos sus términos el Convenio N° 1574/20 celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) y la Administración de Vialidad Provincial (AVP)
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; el Convenio N° 1574/2020; el Expediente N° 1019/2020 de la Dirección de Pavimento Urbano de la Administración de Vialidad Provincial; la Nota N° 480/24 ingresada a este Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Legislación General N° 148/24; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30°, establece que corresponde al Concejo Deliberante en el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales faculta a los Municipios a regular la actividad comercial en el ámbito de sus ejidos.
Que, mediante nota N° 480/24 del HCD, el Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M) eleva a este Honorable Concejo Deliberante el Convenio Celebrado entre el DEM y la Administración de Vialidad Provincial (APV) para conocimientos y efectos pertinentes.
Que, el Convenio N° 1574/2022, celebrado en la ciudad de Rawson el quince de julio del año 2.020 entre la Administración de Vialidad Provincial representada por su Presidenta la Ing. Cynthia Gelvez Larcher y la Municipalidad de Trevelin representada por el Intendente, Héctor Ricardo Ingram.
Que, el Convenio N° 1574/2022, establece que la Municipalidad de Trevelin pavimentará con adoquines de hormigón provistos por la Planta de Pavimento Urbano de la APV, las Calles 1) Av. Coronel Fontana entre 28 de Julio y Brown. La superficie total a pavimentar es de 1.494 m2.
Que, la Administración le financiará a la Municipalidad de Trevelin, hasta un monto total de pesos setecientos cincuenta y seis mil ochocientos siete con 84/100 centavos ($756.807,84).
Que, el pago se realizará conforme a los certificados de obra, que deberán estar conformados por ambas partes y ajustarse a los valores fijados.
Que, el Convenio N° 1574/2020, establece que la Municipalidad de Trevelin se hará cargo de las tareas de movimiento de suelo, perfilado compactación previa a la colocación de los adoquines.
Que, el Convenio N° 1574/2020, establece que la Municipalidad de Trevelin aportará mensualmente y en treinta y seis (36) cuotas consecutivas el valor de sesenta y un mil seiscientos (61.600) adoquines que demanda la realización de dicha obra, a partir de la firma del presente Convenio.
Que, el Convenio N° 1574/2020, forma parte de la presente como ANEXO I.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Trevelin y sus parajes, en usos de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: RATIFICAR en todos sus términos el Convenio N° 1574/2020, celebrado en la ciudad de Rawson el quince de julio del año 2.020 entre la Administración de Vialidad Provincial representada por su Presidenta la Ing. Cynthia Gelvez Larcher y la Municipalidad de Trevelin representada por el Intendente, Héctor Ricardo Ingram.
Artículo 2°: ELEVAR la presente al Departamento Ejecutivo, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese.
HOLA 1/2 – ANEXO I
Ratificar en todos sus términos el Convenio N° 1574/20 celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) y la Administración de Vialidad Provincial (AVP)

HOLA 2/2 – ANEXO I
Ratificar en todos sus términos el Convenio N° 1574/20 celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) y la Administración de Vialidad Provincial (AVP)
