Aprobar el Reglamento Interno de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza Municipal N° 2.236/23; la Nota N° 460/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Legislación General N° 147/24; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.236/23, en el Artículo 27º establece que: La Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” contará con un Reglamento Interno, en donde constarán las pautas de funcionamiento, convivencia y logística propios de la actividad ferial cotidiana, que será redactado en los términos establecidos en el Anexo IV de la Presente Ordenanza.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.236/23, en el ANEXO IV, inciso 1.5 establece que: El Reglamento Interno de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” deberá ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante de Trevelin mediante el instrumento administrativo y legal pertinente.
Que, mediante la Nota N° 460/24, la Presidenta de la Comisión Organizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, Norma Ñancuán ingresa para su aprobación el Reglamento Interno de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” redactado por dicha Comisión, el cual como ANEXO I forma parte de la presente.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: APROBAR el Reglamento Interno de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, en todos sus términos como lo establece el artículo 27° y ANEXO IV, inciso 1.5 de la Ordenanza Municipal N° 2.236/23.
Artículo 2º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Comisión Fiscalizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” y a la Comisión Organizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.