Otorgar Excepción al pago de Tasa de Construcción a la Asociación YSGOL y CWM y Asociación Galesa 16 de Octubre
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza Municipal N° 2.233/23; la Nota N° 489/24; y el Despacho de Comisión de Hacienda N° 143/24; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, también faculta al Honorable Concejo Deliberante a legislar en materia tributaria.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.233/23, Aprobó la Tarifaria para el Período Fiscal 2.024.
Que, la nota N° 489/24, el Poder Ejecutivo solicita brindar analizar y dar respuesta a las instituciones educativas.
Que, la nota N° 489/24, ingresan copia de la nota de solicitud de la Asociación YSGOL y CWN y Asociación Galesa 16 de Octubre de excepción del pago de la tasa de derechos de construcción.
Que, mediante el despacho de Comisión de Hacienda del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin evaluó la situación y resolvió otorgar la excepción al pago de la tasa de construcción solicitada por la nota N° 489/24.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: OTORGAR Excepción al pago de Tasa de Construcción a la Asociación YSGOL y CWM y Asociación Galesa 16 de Octubre.
Artículo 2º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Hacienda, a los beneficiarios, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.