Otorgar Exención de la Tasa por Emisión de Habilitación para Conducir Vehículos, en un 40 % a la Licencia de Conducir de Choferes del Hospital Rural de Trevelin, para el periodo 2.024
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; las Ordenanzas N° 1.436/16; la nota N° 383/24; y el Despacho de Comisión de Hacienda N° 117/24; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, mediante Ordenanza N° 1.436/16, en el Artículo 219º establece que: Por el trámite de emisión y habilitación para conducir vehículos gestionados ante la Municipalidad de Trevelin, se abonarán los importes establecidos en la Ordenanza Impositiva Anual.
Que, mediante la nota N° 383/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, se solicita la exención de la Tasa por Emisión de Habilitación Para Conducir Vehículos.
Que, es intención de este Honorable Concejo Deliberante dar respuesta favorable a la solicitud realizada, ante la importancia del trabajo que realizan dichos agentes del Ministerio de Salud de la Provincia del Chubut.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: OTORGAR exención impositiva en un cuarenta por ciento (40%), en concepto de Tasa por Emisión de Habilitación para Conducir Vehículos, establecido en la Ordenanza Municipal N° 1.436/16, en el ANEXO I Capitulo X del Artículo 219° a la Licencia de Conducir de Choferes del Hospital Rural de Trevelin, por única vez, para el periodo 2.024 a los beneficiarios que se detallan en el ANEXO I que forma parte de la presente.
Artículo 2º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaria de Bromatología y Transito y a las solicitantes, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.
HOJA 1/1 – ANEXO I
Beneficiarios Exención de Tasa Municipal de Licencia de Conducir a Choferes del Hospital Rural de Trevelin
APELLIDO Y NOMBRE | D.N.I N° |
ARANEDA, GONZALO | 23.724.605 |
BARRIOS, JOSÉ BENITO | 29.687.075 |
DE LA FUENTE, FABIAN | 24.121.568 |
MESINA, MARCELO | 20.236.448 |
SAAVEDRA, CARLOS | 23.514956 |
SALAZAR, MAURO | 28.482.505 |
ROBERTS, KENNY | 42.272.865 |
LAMADRID, OSCAR | 29.880.274 |
MARTINEZ, ALEJANDRO | 30.578.196 |
ZALAZAR, GASTÓN | 35.569.193 |