Ratifica en todos sus términos las Actas Acuerdo Salariales y las Resoluciones Municipales, entre el D.E.M. y los sindicatos SOEMT y SOEME y ZO
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; y la Nota N° 254/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante; el Despacho de Comisión Permanente N° 18/24 Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Articulo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante en el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, mediante la Nota N° 254/23 del HCD, el Departamento Ejecutivo Municipal eleva el Acta Acuerdo entre el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) y los gremios SOEMT y SOEME y ZO del día 22 de enero de 2.024, para conocimiento y efectos, el cual, como ANEXO I forma parte integrante de la presente.
Que, corresponde a este Cuerpo Legislativo ratificar el documento mencionado en el párrafo previo, a fin de instrumentar el aumento salarial y asignación de bonos explicitados en él.
Que, conforme lo mencionado en las Actas Acuerdo, rubricadas por el Departamento Ejecutivo Municipal y los Gremios S.O.E.M.T y SOEME Y ZO, el cual forma parte de la presente como ANEXO I, se procede a la recomposición salarial del haber de sueldos municipales del 5% retroactivo al mes de diciembre de 2.023 y se acuerda efectuar la recomposición salarial del haber de los empleados municipales del 30% acumulativo, a efectivizarse de la siguiente manera:
- 10% en el mes de enero de 2.024
- 10% en el mes de febrero de 2.024.
- 10% en el mes de marzo de 2.024.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: RATIFICAR en todos sus términos las Acta Acuerdo y las Resoluciones Municipales rubricadas entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los Sindicatos S.O.E.M.T (Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Trevelin) y SOEME Y ZO, el cual, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°: OTORGAR recomposición salarial de los haberes de los empleados municipales del 30% acumulativo, a efectivizarse de la siguiente manera:
- 10% en el mes de enero de 2.024
- 10% en el mes de febrero de 2.024.
- 10% en el mes de marzo de 2.024.
Artículo 3°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y efectos correspondientes.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.
HOJA 1/6
ANEXO I – ORDENANZA N° 2.270/24

HOJA 2/6

HOJA 3/6

HOJA 4/6

HOJA 5/6

HOJA 6/6
